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Exigencia de huella para ingresar a entidades públicas requiere autorización previa y expresa del titular (2:03 p.m.)

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04 de Julio de 2018

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Frente a una consulta sobre la viabilidad jurídica de que las entidades públicas exijan la huella digital y una fotografía como requisito para el ingreso a sus instalaciones, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic), al citar la doctrina que al respecto ha proferido la Superintendencia de Industria y Comercio, indicó que el tratamiento de datos sensibles, como es el caso analizado, es viable bajo autorización previa y expresa del titular y, según lo dispone el numeral 4 del artículo 6 de la Ley 1581 del 2012 (Ley de Habeas Data), este no está obligado a autorizar su tratamiento.

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