El silencio del titular no implica un consentimiento tácito del manejo de datos personales (4:30 p.m.)
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25 de Abril de 2014
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Los datos personales solo pueden ser registrados y divulgados con el consentimiento libre, previo, expreso e informado del titular, salvo expreso mandato legal o por orden de autoridad judicial, por lo que no es permitido interpretar un consentimiento tácito por el silencio, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, señaló que el principio de libertad no solo implica el consentimiento previo a la recolección del dato, sino que se entiende incluida la posibilidad de retirarlo y de limitar el plazo de su validez.
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