Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Derecho de preferencia no es una excepción al deber del administrador de informar sobre la compra o venta de acciones (4:14 p.m.)

125229

12 de Junio de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Si bien el derecho de preferencia es un beneficio en la adquisición de acciones ofrecidas por otro accionista, no es una excepción a la obligación que tiene el administrador de la sociedad de informar al órgano social sobre su interés en adquirir o enajenar acciones, para que se defina si el negocio está o no inspirado por motivos de especulación, precisó la Superintendencia de Sociedades. Dicha obligación, prevista en el artículo 404 del Código de Comercio, busca evitar que la información privilegiada a la que tiene acceso el administrador sea usada con fines individuales para su beneficio exclusivo o el de un tercero. Dicho riesgo permanece también cuando hace uso de su derecho preferencial, recordó la entidad.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)