Lo que debe saber para alegar el derecho al uso exclusivo de un nombre comercial (3:39 p.m)
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14 de Julio de 2017
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Una sentencia reciente de la Sección Primera del Consejo de Estado precisa que quien alegue el derecho al uso exclusivo de un nombre comercial deberá probar por los medios procesales su uso real, efectivo y constante con anterioridad al registro de una marca idéntica o similar y, de esta forma, podrá oponerse a la solicitud de registro. Como consecuencia, concluye la Sala, entre los criterios a tomarse en cuenta para demostrar dicho uso se encuentran, principalmente, las facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría que demuestren la regularidad y la cantidad de la comercialización de los servicios identificados con el nombre comercial, entre otros (C. P. María Elizabeth García).
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