Levantamiento de la reserva no convierte la información en pública (8:00 a.m.)
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12 de Julio de 2016
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La regla general según la cual los libros y papeles del comerciante gozan del privilegio de la reserva tiene una excepción en el artículo 63 del Código de Comercio, que se da por la posibilidad que tienen las autoridades administrativas que ejercen funciones de supervisión para exigir la exhibición y revelación de los libros de comercio y su contenido. Sin embargo, indicó la Superintendencia de Sociedades, este levantamiento de la reserva, dirigido a obtener que los administradores no puedan oponerse a suministrar y revelar dicha información, no significa que por el hecho de haber sido conocida por la administración pierda su naturaleza reservada y se convierta de público conocimiento. Por lo tanto, cuando por causa de una visita, requerimiento o investigación la entidad tenga acceso a documentos sometidos a reserva debe entenderse que la información así recogida conserva el carácter de reservada.
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