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Mercantil


¿Qué son las PEP y por qué las aseguradoras pueden exigir más requisitos para su protección?

El concepto de personas públicamente expuestas comprende la categoría de personas expuestas políticamente, las aseguradoras pueden incrementar a ellas los requisitos de vinculación.
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07 de Junio de 2017

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Un ciudadano consultó a la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) para que dicha entidad aclarara qué son las PEP y cuál es la normativa a tener en cuenta al momento de vincularlas a una compañía de seguros.

 

La Superfinanciera aclaró que el artículo 4.2.2.2.1.7 de la Circular Externa 29 del 2014, modificada por la Circular 55 del 2016, por la cual se expidieron instrucciones relativas al lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), incluyó el concepto de personas públicamente expuestas, el cual comprende las categorías de personas expuestas políticamente (PEP).

 

Según lo establecido en el Decreto 1674 del 2016, las PEP son representantes legales de organizaciones internacionales, quienes gozan de reconocimiento público y respecto de los cuales las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, como es el caso de las aseguradoras, deben prever requisitos más exigentes de vinculación y monitoreo, teniendo en cuenta que las funciones que desempeñan podrían exponer a un grado a la entidad al riesgo de LA/FT. 

 

Así pues, además de los requerimientos que exige el instructivo en mención para la vinculación de las personas públicamente expuestas (dentro de que están las PEP), debe tenerse en cuenta algunos datos como, por ejemplo, la identificación de las personas con las que tengan sociedad conyugal o de hecho y de los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil y, en todo caso, las aseguradoras podrán exigir mayores requisitos para expedir las respectivas pólizas.

 

Superfinanciera, Concepto 2017033031, 03/05/17

 

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