28 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Esta ley protegerá al consumidor de comercio electrónico

27 de Diciembre de 2024

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Régimen de responsabilidad en operaciones de comercio electrónico depende del grado de intervención y control (Freepik)

Los consumidores que usan plataformas de comercio electrónico cuentan ahora con una ley que los protegerá en aspectos como la devolución de dinero cuando se ejerza el derecho de retracto, mejoras en los puntos de contacto para presentar reclamaciones y hasta regulaciones estrictas del crédito digital.

Se trata de nueve artículos que modifican el Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) y tal vez el más llamativo es el que reduce de 30 a 15 días calendario el plazo para la devolución de dinero cuando el consumidor ejerza su derecho de retracto en compras realizadas.

Se exigirá en todo momento información cierta, fidedigna y suficiente respecto de los productos o servicios ofrecidos, con características como el tamaño, el peso, la medida, el material en el que está fabricado y restricciones de uso y cuidado.

También se deberá indicar el plazo de validez de la oferta y la disponibilidad del producto. En los contratos de tracto sucesivo, se deberá informar su duración mínima.

Y esto es importante, cuando la publicidad del producto incluya imágenes o gráficos se deberá indicar en qué escala está elaborada dicha representación.

Por otro lado, se obliga a los comerciantes a brindar asistencia a los consumidores y trazabilidad de las reclamaciones presentadas, con el fin de que puedan resolver dudas y radicar sus peticiones, quejas o reclamos.

Fintech en el proceso de compra

La norma es clara al disponer que si existen operaciones de crédito mediante sistemas de financiación a través de medios electrónicos se reputarán como intereses todos los cargos por uso de tecnología.

El consumidor tendrá derecho a que se le muestre de manera discriminada cuáles serán los cargos directamente asociados al crédito y no se reputarán intereses de rubros que se causen de manera independiente, cuando hayan sido debidamente informados y cuya carga le corresponda al usuario, tales como: seguros, avales, impuestos y firma electrónica.

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