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¿Es obligación de los padres de familia tomar seguros de vida o de accidente personales para los estudiantes? (12:31 p.m.)

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24 de Mayo de 2019

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Los servicios complementarios en la prestación del servicio educativo son aquellos que no se constituyen como elementos indispensables, pero se originan como consecuencia del mismo y deben estar previstos expresamente en el manual de convivencia de la respectiva institución educativa. De otra parte, indicó el Ministerio de Educación, no existe obligación legal para que los padres de familia, estudiantes, secretarías de educación o establecimientos educativos adquieran para los estudiantes un seguro de vida o de accidentes personales, por lo que su adquisición puede considerarse en ejercicio de la autonomía y con recursos propios por parte de las entidades territoriales. Así mismo, ha recomendado tomar pólizas de seguros cuando se vayan a realizar salidas escolares, que amparen riesgos que pudieren ocasionarse, siempre y cuando las características de estas lo demanden. 

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