Mercantil
Bancos no pueden cobrar costos financieros en cuentas de ahorro con inactividad superior a 60 días
15 de Noviembre de 2016
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2º de la Ley 1793 del 2016, por la cual se dictaron disposiciones en favor de los usuarios de servicios financieros, los establecimientos bancarios solo pueden efectuar cobros por costos financieros y/o transaccionales durante los primeros 60 días de inactividad de las cuentas de ahorros.
Según los antecedentes de la disposición (Proyecto de ley 155/15S – 036/14C), los costos de la tenencia de una cuenta podrían ser superiores a la capitalización de los recursos depositados, los cuales, en muchas ocasiones, tienen tasas de interés igual a cero, indicó la Superintendencia Financiera.
Así mismo, agregó, se busca que el usuario de servicios financieros con dinero ahorrado que tenga su cuenta inactiva por un periodo prolongado no vea disminuidos sus ahorros una vez se reactive la misma.
Por el contrario, aclaró, tratándose de cuentas de ahorro activas, en ellas es viable el cobro de los mencionados costos, siempre que los mismos sean previa y ampliamente informados por la entidad vigilada al consumidor financiero, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1328 del 2009, sobre régimen de protección al consumidor financiero.
Superfinanciera, Concepto 2016090632, Sep. 26/16
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