Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Mercantil


Bancos no pueden cobrar costos financieros en cuentas de ahorro con inactividad superior a 60 días

Se busca que el usuario de servicios financieros con dinero ahorrado que tenga su cuenta inactiva por un periodo prolongado no vea disminuidos sus ahorros una vez se reactive.
13253
Imagen
cajero-banco-dinerobig-1509241958.jpg

15 de Noviembre de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

De acuerdo con lo previsto en el artículo 2º de la Ley 1793 del 2016, por la cual se dictaron disposiciones en favor de los usuarios de servicios financieros, los establecimientos bancarios solo pueden efectuar cobros por costos financieros y/o transaccionales durante los primeros 60 días de inactividad de las cuentas de ahorros.

 

Según los antecedentes de la disposición (Proyecto de ley 155/15S – 036/14C), los costos de la tenencia de una cuenta podrían ser superiores a la capitalización de los recursos depositados, los cuales, en muchas ocasiones, tienen tasas de interés igual a cero, indicó la Superintendencia Financiera.

 

Así mismo, agregó, se busca que el usuario de servicios financieros con dinero ahorrado que tenga su cuenta inactiva por un periodo prolongado no vea disminuidos sus ahorros una vez se reactive la misma.

 

Por el contrario, aclaró, tratándose de cuentas de ahorro activas, en ellas es viable el cobro de los mencionados costos, siempre que los mismos sean previa y ampliamente informados por la entidad vigilada al consumidor financiero, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1328 del 2009, sobre régimen de protección al consumidor financiero.

 

Superfinanciera, Concepto 2016090632, Sep. 26/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)