Exoneración de licencia previa para obtener el levante de la mercancía importada a nombre del CIAT no se extiende a la declaración de importación (1:00 p.m.)
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15 de Septiembre de 2011
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Para obtener el levante de la mercancía importada a nombre del Centro Interamericano de Agricultura Tropical (CIAT), debe cumplirse con las normas aduaneras, como presentar la declaración de importación bajo la modalidad que corresponda, sin que sea necesaria la presentación de la licencia previa y bastando la presentación del conocimiento de embarque, tal y como lo establece el convenio celebrado entre Colombia y el CIAT, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La exoneración de la presentación de la licencia previa no se extiende a la declaración de importación respectiva, no solo porque el convenio no lo señala expresamente, sino porque se trata de dos documentos diferentes.
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