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Estos son los recientes ajustes hechos por Supersociedades a su Circular Básica Jurídica en materia de derecho societario (8:10 a.m.)

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04 de Noviembre de 2016

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La Superintendencia de Sociedades modificó su Circular Básica Jurídica, inicialmente emitida por medio de la Circular Externa 100-000003 del 22 de julio del 2015. Dicha norma se expidió con el propósito de compilar las principales instrucciones generales que ha emitido la superintendencia. Los cambios ahora incluidos hacen referencia a los literales a) y b) del numeral 1º del Capítulo I y el numeral 3º del Capítulo IX.  Así mismo, por efecto de los anteriores cambios, se ajustan la numeración y los índices de la circular. Entonces, se indica que toda sociedad, empresa unipersonal y sucursal de sociedad extranjera no sometida a la inspección, vigilancia o control de la Superintendencia Financiera que se encuentre sometida a vigilancia de otra superintendencia, o a vigilancia o control de la Supersociedades, que pretenda llevar a cabo una reforma estatutaria consistente en la disminución de su capital social con efectivo rembolso de aportes, así como una sociedad inspeccionada que no esté sujeta al régimen de autorización general, deberá solicitar de manera previa al perfeccionamiento de tal reforma autorización particular de la Superintendencia de Sociedades mediante comunicación escrita, que deberá estar firmada por su representante legal o apoderado debidamente constituido. También se incluyen importantes cambios en lo referente a las sociedades operadoras de libranza.

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