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Este es el fallo que confirma millonarias sanciones contra empresas por el “cartel del arroz” del 2005 (11:51 a.m.)

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13 de Marzo de 2017

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El Consejo de Estado confirmó recientemente que las sociedades Flor Huila y Molinos Roa, entre otros sujetos procesales, no lograron desvirtuar la presunción de legalidad que ampara las resoluciones 22625 y 30193, estas dos del 2005, de la Superintendencia de Industria y Comercio. Estos actos administrativos sancionan a una serie de empresas arroceras con millonarias sanciones pecuniarias, luego  de haber infringido el numeral 1° del artículo 47 del Decreto 2153 de 1995. Vale la pena recordar que esta disposición dice que los acuerdos que tengan por objeto o como efecto la fijación directa o indirecta de precios se consideran contrarios a la libre competencia. En efecto, la Sala le dio la razón al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual demostró, en sede de instancia, que “la compra del arroz paddy verde por parte de los molinos Flor Huila y Roa, en el primer periodo del 2004, se dio en el mismo valor, en forma casi perfecta, en idéntica proporción y en fechas similares”. Lo anterior, concluye la providencia, indica y valida una incuestionable práctica restrictiva de la competencia, que desconoce lo dispuesto en las norma señalada (C. P. Enrique Moreno Rubio, despacho encargado).

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