Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Estas son las recientes modificaciones a las cláusulas y prácticas abusivas en el sistema financiero (9:38 a.m.)

52969

29 de Noviembre de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Con el ánimo de precisar las instrucciones en materia de cláusulas y prácticas abusivas, la Superintendencia Financiera eliminó los subnumerales 6.1.6.10., 6.2.17., 6.2.31. y 6.2.40. y corrigió la enumeración del Capítulo I del Título III de la Parte I de la Circular Básica Jurídica. Dichos numerales estaban relacionados con la exigencia de la suscripción del contrato sin que la entidad vigilada garantice el otorgamiento del producto financiero, hacer efectivos los cobros de saldos de transacciones que se encuentran en trámite de objeción por parte de los consumidores financieros, obligar al consumidor financiero a la suscripción del contrato o de títulos o valores sin que la entidad vigilada haya autorizado el otorgamiento del producto financiero y establecer, mediante una sola firma, la autorización para el manejo de información personal y la autorización para permitir que la entidad vigilada comparta información personal del consumidor financiero con las entidades pertenecientes a su conglomerado financiero. Igualmente, modificó los subnumerales 6.1.1.5., 6.1.1.6., 6.1.1.7., 6.1.5.6., 6.2.2., 6.2.29., 6.2.37., 6.2.45., 6.2.47. y 6.2.50. Esta nueva circular rige desde el pasado 27 de noviembre. Las entidades vigiladas que requieran un plazo para llevar a cabo adecuaciones de cualquier tipo como consecuencia de las modificaciones incorporadas deberán presentar ante la superintendencia una solicitud motivada de aplazamiento de cumplimiento de las respectivas cláusulas. Esta solicitud deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la circular y no podrá solicitar un periodo de aplazamiento mayor a tres meses.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)