Entidades financieras vigiladas por la Supersolidaria no deben trasladar recursos de cuentas abandonadas al Icetex (4:39 p.m.)
16 de Enero de 2017
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Nota:
53632
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1777 del 2016, las entidades que deben trasladar al fondo especial administrado por el Icetex el saldo de las cuentas de ahorro o corrientes que se consideren abandonadas son los establecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Financiera, por lo que no resulta aplicable a las organizaciones que ejercen actividades financiera vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria que manejan cuentas de ahorro, como es el caso de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito. El artículo 2 de la disposición mencionada califica como abandonadas aquellas cuentas que no presentan movimiento alguno durante los últimos tres años.
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