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Entidades financieras vigiladas por la Supersolidaria no deben trasladar recursos de cuentas abandonadas al Icetex (4:39 p.m.)

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16 de Enero de 2017

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De acuerdo con lo previsto en la Ley 1777 del 2016, las entidades que deben trasladar al fondo especial administrado por el Icetex el saldo de las cuentas de ahorro o corrientes que se consideren abandonadas son los establecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Financiera, por lo que no resulta aplicable a las organizaciones que ejercen actividades financiera vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria que manejan cuentas de ahorro, como es el caso de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito. El artículo 2 de la disposición mencionada califica como abandonadas aquellas cuentas que no presentan movimiento alguno durante los últimos tres años.

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