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Empleadores del servicio doméstico no deben pagar parafiscales (2:36 p.m.)

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17 de Enero de 2011

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El Ministerio de la Protección Social señaló que como el empleador del servicio doméstico no está obligado a afiliar a una caja de compensación familiar, tampoco debe efectuar aportes parafiscales al ICBF, Sena y caja de compensación. Recordó que la familia no es una unidad de explotación económica que implique el cumplimiento de determinadas actividades y, por ello, las labores que cumple el servicio doméstico en el hogar no son las que desempeñan los empleadores. Así, no se podrían calificar como trabajadores permanentes, por lo cual no hay obligación de pagar dichos aportes.

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