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Noticias / Mercantil


Disposiciones que crean fondo de sustentabilidad pro Cartagena para erradicar pobreza extrema pueden ser inconstitucionales

23 de Noviembre de 2020

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Nota:
119962
Varios ciudadanos presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 2, 3, 4, 7, 8 y 9 de la Ley 2038 del 2020, que creó el fondo de sustentabilidad pro Cartagena 500 años para la erradicación de la pobreza extrema en el distrito turístico y cultural de Cartagena de Indias para el año 2033. Según los demandantes, son evidentes los defectos y errores en que incurrió el legislador por medio de esta norma, “especialmente a conceder unas facultades pro tempore que el gobierno no ha solicitado, como era menester, según el numeral 10º del artículo 150 de la Constitución Política”. Adicionalmente, les sugieren a los magistrados hacer un ejercicio mental que evidencie el diseño de mil fondos con esa estructura para resolver los problemas de pobreza en todos los municipios. Lo anterior toda vez que evidenciarían una trasgresión constitucional al poner en manos de particulares los recursos públicos. Conozca todos los argumentos invocados en el texto adjunto (Demandante: Danilo Jesús Contreras Guzmán).  

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