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Ordenan examen ‘antidumping’ a importaciones de tubos de acero

La normativa ordena que los derechos ‘antidumping’ impuestos mediante la Resolución 29/21 permanezcan vigentes durante el examen.
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27 de Febrero de 2024

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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió la Resolución 32, que ordena el inicio del examen de extinción de los derechos antidumping impuestos a las importaciones de tubos de acero utilizados en oleoductos o gasoductos sin soldadura o soldados, clasificados en las subpartidas arancelarias 7304.19.00.00 y 7306.19.00.00, originarios de la República Popular China.

En este sentido, el documento establece que se debe comunicar la presente resolución a los importadores conocidos, exportadores y productores extranjeros, así como al representante diplomático del país de origen de las importaciones y demás partes que puedan tener interés en el examen de extinción, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1794 del 2020. (Lea: Mincomercio modifica arancel de aduanas).

Además, la normativa ordena que los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución 29 del 2021 permanezcan vigentes durante el examen de extinción ordenado por el presente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.10.3 del Decreto número 1794 del 2020.

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