19 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 21 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha no está suspendida

06 de Marzo de 2023

Reproducir
Nota:
158386

Con el fin de apoyar a las empresas afectadas por las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia derivado del covid-19, los decretos 560 y 772 del 2020 suspendieron la configuración de la causal de disolución por el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, en los términos expresamente previstos en los mismos.

Teniendo en cuenta que la prórroga realizada por virtud del artículo 96 de la Ley 2277 del 2022 (reforma tributaria) no consagra nuevos elementos que pudieran variar la posición sobre el termino de suspensión de la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, esta no está suspendida.

La prórroga en cuestión se estableció hasta el 31 de diciembre del 2023. Sin embargo, la vigencia de los decretos en mención no amplía el término de suspensión de la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha, pues la suspensión opera únicamente por el término inicialmente establecido por tales decretos, sin atarlo al término de vigencia de los mismos.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)