Licencia de maternidad prolonga el periodo de prueba (8:35 a.m.)|
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23 de Marzo de 2017
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Teniendo en cuenta que la separación transitoria de las funciones propias del empleo como consecuencia de la licencia de maternidad es superior a 20 días, en los términos del artículo 2.2.8.2.2 del Decreto 1083 del 2015 (DUR de la Función Pública), sobre evaluaciones parciales del periodo de prueba, este se prolongará por el término que dure la licencia, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública. La licencia de maternidad es el evento autorizado y reconocido por el legislador para que la trabajadora se ausente de sus labores con posterioridad al parto, con el fin no solo de que se recupere físicamente sino que dedique, además, atención exclusiva a su hijo, recordó la entidad.
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