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Mintrabajo definió lineamientos sobre tercerización laboral y cómo detectarla (9:55 a.m.)

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13 de Febrero de 2017

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A través de la Resolución 5670 del 2016, el Ministerio de Trabajo estableció lineamientos respecto de la tercerización laboral y la manera de detectarla por parte de las entidades de vigilancia y control del Estado. En la norma se describe la labor de las empresas temporales de trabajo reguladas por el artículo 71 de la Ley 50 de 1990 y el Decreto 4369 del 2006. También se recuerda que a las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado (CTA) les está vedada la intermediación laboral, en los términos de las leyes 1233/08 y 1429/10. También que las empresas públicas y/o privadas no podrán contratar procesos o actividades misionales permanentes con CTA. Finalmente, las direcciones territoriales del ministerio serán las encargadas de indagar en las instituciones públicas o empresas privadas si hay irregularidades de personal vinculado en cuanto a la contratación y actividades desarrolladas en las compañías, y posterior a esto emitir las sanciones correspondientes, contempladas en el artículo 63 de la Ley 1429 del 2010.

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