Deberes del empleador frente a divulgación de diagnóstico de VIH de un trabajador
24 de Enero de 2025
La Corte Constitucional resolvió el caso de un docente con VIH cuyo diagnóstico se hizo público durante una jornada de vacunación contra el Covid-19, lo que llevó a que fuera marginado por sus compañeros y rechazado por los estudiantes. Algunas personas desconocidas le enviaron carteles con comentarios discriminatorios, lo cual implicó afectación para la salud mental del accionante, por lo que el médico tratante le recomendó estar cerca de su red de apoyo familiar.
El alto tribunal amparó sus derechos y reconoció el estigma que viven las personas con VIH en contextos laborales, por lo que se refirió a las obligaciones que tienen los empleadores, como actuar con suma diligencia para evitar que estos escenarios continúen, lo que implica, entre otras acciones, desarrollar programas de información sobre VIH, realizar sesiones de aprendizaje participativo e incluir la información pertinente en los programas de seguridad, salud y bienestar en el trabajo.
Cuando el traslado del docente es solicitado por razones de salud, no es necesario aportar un dictamen médico laboral que acredite su necesidad. Se puede analizar la solicitud desde una visión integral de la salud del docente, basada en su historia clínica y los múltiples conceptos médicos. Esto implica tener en cuenta los impactos personales, filiales, sociales y clínicos de negar el traslado.
Las accionadas no adoptaron medidas de prevención y mitigación que permitieran garantizar la confidencialidad del diagnóstico médico, ni adoptaron medidas suficientes para afrontar la discriminación (M. P. Natalia Ángel Cabo).
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