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Capricho y arbitrariedad del empleador para terminar unilateralmente contrato le genera responsabilidad jurídica (4:00 p.m.)

54007

23 de Febrero de 2017

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La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia explicó que existen empleadores que tienen la plena libertad para prescindir de los servicios de un trabajador. Sin embargo, aclaró que no se ciñe a la legalidad cuando se adoptan medidas que vulneran la dignidad del trabajador y sus derechos de orden legal y constitucional. Lo anterior no por un inexistente derecho a permanecer en el empleo, sino por poner en entredicho el buen nombre de empleado. En este sentido, la Sala reiteró que el empleador puede exonerar al trabajador de laborar de manera excepcional y atendiendo en todo caso motivos serios, racionales y justos, por cuanto el capricho y la arbitrariedad en una decisión semejante comprometen la buena fe establecida en el artículo 55 del Código Sustantivo del Trabajo, generando con ello responsabilidad jurídica a cargo del empleador. Además, la decisión patronal de relegar al trabajador a la pasividad laboral sin justificación genera un abuso de la potestad subordinante, aparte de lesionar garantías del trabajador (M. P. Luis Gabriel Miranda Buelvas).

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