22 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 17 minutos | ISSN: 2805-6396

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Plantean reglas para administradoras del pilar contributivo creado por la reforma pensional

27 de Septiembre de 2024

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El Ministerio de Hacienda dio a conocer un proyecto de decreto que establecería las normas aplicables a las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo (ACCAI), las cuales manejarán los recursos del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común.

Las ACCAI estarán reguladas por la Ley 2381 y sus reglamentaciones, a excepción de las cotizaciones bajo el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que seguirán rigiéndose por la Ley 100 de 1993.

El proyecto define las entidades que podrán administrar este componente, previa autorización de la Superintendencia Financiera. Entre las autorizadas se encuentran las sociedades administradoras de fondos de pensiones, sociedades fiduciarias, compañías de seguros de vida, comisionistas de bolsa y Colpensiones. Además, se permite la participación de entidades sin ánimo de lucro, siempre que sean vigiladas por la Superintendencia. (Lea: Reforma pensional: un sistema de previsión desenfocado)

En cuanto a las obligaciones financieras, las ACCAI deberán acreditar un capital mínimo de $ 20.217 millones, ajustándose anualmente según la variación del índice de precios al consumidor (IPC). El primer ajuste se realizaría en enero del 2025, con base en la inflación del 2024. Este requisito garantiza la solvencia de las entidades que administren estos fondos, proporcionando estabilidad al sistema.

Las entidades que opten por gestionar los fondos del componente complementario deberán cumplir con los niveles de solvencia y patrimonio establecidos en el Decreto 2555 del 2010, según el tipo de entidad. Estos requisitos varían de acuerdo con la naturaleza de cada entidad, asegurando que todas cuenten con las condiciones financieras necesarias para una gestión eficiente y responsable.

El proyecto de decreto también aborda la estructura de gobernanza de las ACCAI, exigiendo que las juntas directivas estén compuestas por un número impar de miembros, con al menos cinco participantes. Además, un porcentaje mínimo del 25 % de los miembros deberá ser independiente, incluyendo representantes de los afiliados al componente de ahorro individual y de prima media.

Entre los miembros independientes, al menos uno deberá ser una mujer, garantizando la inclusión de género en las juntas directivas. Esta medida buscaría promover la diversidad en la toma de decisiones y asegurar que los intereses de los afiliados estén debidamente representados en la administración de sus recursos.

Finalmente, los representantes de los afiliados tendrían voz y voto en temas clave relacionados con la administración del componente complementario, garantizando la transparencia y el enfoque en los intereses de los beneficiarios.

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