05 de Febrero de 2025 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Internacional


El empoderamiento de los consumidores para una transición ecológica

03 de Febrero de 2025

Reproducir
Nota:
222901
Imagen
Simple revisión de fotografías no es suficiente para determinar fallas en un bien o producto (Freepik)

Mateo Sánchez

Mateo Sánchez García

Abogado de la Universidad del Rosario

Director de Investigación de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Libre de Cali

Se ha promovido repetidamente la idea de una economía circular en beneficio del medioambiente, fundamentada, principalmente, en el reciclaje y la reutilización de materiales y materias primas. En este contexto, varios organismos internacionales han plasmado en sus manifiestos la idea de un consumidor responsable, consciente de su entorno y capaz de influir en el medioambiente a través de sus actos. Sin embargo, la realidad está lejos de esta concepción idealista. Según la literatura y los hechos, los consumidores tienden a ser más proclives a un consumo voraz que a la conciencia del reúso y los problemas que sus conductas generan en relación al medioambiente. Esto ocurre a pesar de las iniciativas recientes que promueven, por ejemplo, el uso de vehículos eléctricos y la disminución del uso de combustibles fósiles. Sin embargo, esta tendencia no combate de manera efectiva el problema de la contaminación por residuos, especialmente electrónicos y de consumo doméstico.

El fondo del asunto radica, principalmente, en que cada vez somos más voraces al consumir, y las tasas de reemplazo de bienes, especialmente tecnológicos, son cada vez mayores. De tal manera que fenómenos como la obsolescencia programada no parecen ser la causa principal del reemplazo de bienes nuevos. La consigna predominante parece ser que todo lo nuevo es mejor, o al menos se presenta de esa manera, como ocurre con las actualizaciones que ofrecen pequeños retoques estéticos y tecnológicos (obsolescencia sicológica o percibida), lo que lleva al desprecio de versiones anteriores que, aunque perfectamente funcionales, pueden soportar las actualizaciones y especificaciones técnicas actuales. Por lo tanto, ni el reciclaje ni la regulación de la obsolescencia técnica parecen ser los principales problemas del desmedido consumismo y la escasa reutilización de lo antiguo. El problema parece estar más relacionado con la cultura, la alienación y la propia naturaleza humana. Según estadísticas pospandemia, el consumo no disminuyó significativamente en la mayoría de los países europeos. La gente sustituyó viajes, restaurantes y ocio por productos para el hogar. Este patrón es tan inherente que, según diversas mediciones, ninguna otra crisis similar ha reducido significativamente el impulso consumista de las personas, excepto las guerras mundiales y la Gran Depresión.

En este contexto, la legislación comunitaria más reciente ha implementado medidas específicas para promover el consumo responsable y mitigar los efectos del consumo excesivo. Ya se habían dado directrices sobre temas como asegurar que las empresas mantengan un stock de repuestos y componentes para prolongar la vida útil de los bienes, instar a las legislaciones europeas a aumentar los plazos de las garantías legales (garantías mínimas) de bienes y servicios y garantizar que los consumidores estén adecuadamente informados al momento de adquirir productos. Todo ello con el propósito de hacer frente a la obsolescencia programada y mejorar la calidad de los productos. Sin embargo, con la Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, que modifica las directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE en lo relativo al empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica, se refuerza la protección contra prácticas desleales de las empresas y se implementan cambios sustanciales en cuanto al deber de información.

La directiva introduce el concepto de “prematuramente obsoleto” para describir productos que dejan de ser útiles antes de lo esperado. Esto puede ocurrir debido a fallos en componentes o a la disminución de la funcionalidad del software con el tiempo. Este fenómeno, causado por la rápida degradación de las características del producto, lleva a los consumidores a cuestionar continuamente el valor de sus bienes, fomentando el uso insostenible de recursos y el aumento de residuos electrónicos.

Uno de los objetivos de la directiva es prohibir las prácticas que inducen al consumidor a reemplazar o cambiar partes de un producto antes de que sea necesario por razones técnicas. Tales prácticas engañan al consumidor, haciéndole creer que los productos dejarán de funcionar a menos que se sustituyan ciertos elementos, como en el caso de las impresoras que configuran el cambio de cartuchos antes de que estén realmente vacíos. Aunque la directiva se centra en evitar el engaño como parte de las prácticas desleales de competencia y los derechos del consumidor, se sugiere que el marco normativo debería ir más allá. Debería incluir aspectos como la creación de conciencia ambiental, la promoción de una cultura de durabilidad, y la incentivación a las empresas para desarrollar productos más duraderos y adoptar prácticas de producción sostenibles que consideren todo el ciclo de vida del producto, desde su diseño hasta su disposición final.

La directiva también busca reducir el impacto de la obsolescencia en los consumidores al exigir la divulgación de información sobre las características que puedan limitar la durabilidad de un producto. Por ejemplo, si un producto tiene un software que está diseñado para dejar de funcionar después de un tiempo determinado, el vendedor debe informar al consumidor sobre esta característica. Su propósito es proteger a los consumidores de prácticas desleales y fomentar un mercado más sostenible, donde los productos sean más duraderos y se proporcione información clara sobre su vida útil.

La información

En cuanto a la información, la directiva establece que los comerciantes deben proporcionar detalles sobre la posibilidad de reparar un producto y los servicios disponibles para ello. Esta información es esencial para promover la sostenibilidad y la economía circular, ya que permite a los consumidores tomar decisiones informadas sobre la durabilidad y reparabilidad de los productos que adquieren. Incluye la obligación de facilitar información sobre la disponibilidad de repuestos, manuales de usuario y reparación, así como la existencia de servicios de posventa antes de que el consumidor firme un contrato. Esta información debe ser fácilmente accesible y comprensible, lo que fomentará la reparación en lugar del reemplazo de productos, contribuyendo así a reducir el desperdicio y promoviendo un consumo más sostenible. Estas medidas buscan empoderar a los consumidores, permitiéndoles optar por reparar en lugar de reemplazar, lo que beneficia tanto a su economía como al medioambiente.

Garantía comercial

Es el compromiso que un productor o vendedor asume sobre la durabilidad y el funcionamiento de un producto, y es un factor clave al momento de tomar decisiones de compra. Las modificaciones propuestas en las directivas incluyen la obligación de los comerciantes de informar claramente sobre la existencia y duración de esta garantía, que debe cubrir la totalidad del producto y tener una duración mínima de, al menos, dos años. Esto proporciona mayor seguridad a los consumidores respecto a la calidad y durabilidad de los productos. Sin embargo, cualquier garantía adicional no debe generar confusión sobre la garantía principal que cubre el producto en su totalidad. Al proporcionar esta información de manera clara y accesible, se busca fomentar la confianza del consumidor, permitiéndole tomar decisiones más informadas y seguras.

El simbolismo del etiquetado

La garantía comercial de durabilidad es un aspecto clave en la legislación europea, introducido en la Directiva (UE) 2019/771, que establece la durabilidad como un criterio de conformidad. Esta normativa obliga a los productores o vendedores a garantizar que los productos mantendrán su funcionalidad y rendimiento durante un periodo determinado, que puede ser más largo que la garantía legal de dos años, siempre y cuando sea un plazo razonable para el consumidor. Además, se considera que la extensión de los plazos de garantía puede ser un instrumento efectivo para fomentar la durabilidad y contribuir a una economía circular. Esto ayudaría a erradicar prácticas como la obsolescencia programada, alentando a los consumidores a optar por productos más sostenibles.

Los periodos de garantía incluyen una garantía legal mínima de conformidad de dos años, pero los productores pueden ofrecer una garantía comercial de durabilidad sin costo adicional, que cubra todo el producto y dure más de dos años. La directiva establece que esta información debe ser proporcionada de manera clara y destacada mediante una etiqueta armonizada, fácilmente reconocible y visible en el producto o su envase, incluyendo detalles sobre el periodo mínimo de actualizaciones y reparación del bien.

La etiqueta debe facilitar que los consumidores identifiquen rápidamente los productos que cuentan con una garantía comercial superior a la garantía legal, lo que les permitirá tomar decisiones más informadas al momento de la compra. Esta medida también fomenta la competencia entre productores, incentivándolos a ofrecer productos con mayor durabilidad como un distintivo de calidad. Además, la etiqueta actúa como un símbolo de calidad, proporcionando transparencia y ayudando al consumidor a reconocer productos con garantías extendidas.

Respecto a los bienes electrónicos, la durabilidad se refiere a la capacidad de los productos para mantener sus funciones durante un tiempo prolongado en condiciones normales de uso. Los comerciantes deben informar sobre el período mínimo de actualizaciones de software y evitar la obsolescencia programada que reduzca la vida útil de los productos. De esta manera, la regulación busca promover un consumo más sostenible, reduciendo el desperdicio y mejorando la información sobre la durabilidad y reparabilidad de los productos electrónicos.

Afirmaciones ambientales genéricas

Finalmente, la directiva subraya la necesidad de tener especial cuidado con las afirmaciones medioambientales genéricas que puedan inducir a error a los consumidores, como aquellas relacionadas con la transición hacia la neutralidad en carbono, la neutralidad climática u objetivos similares sin una fecha específica. Los comerciantes no deben dar la impresión de que, al adquirir sus productos, los consumidores están contribuyendo a una economía baja en carbono, a menos que estas afirmaciones estén respaldadas por compromisos claros, metas verificables y planes de acción detallados. Para ello, se propone modificar el apartado 2 del artículo 6 de la Directiva 2005/29/CE, de manera que se prohíban tales afirmaciones, a menos que estén debidamente fundamentadas y sean transparentes.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)