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Actualizado hace 20 minutos | ISSN: 2805-6396

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Informe


El eterno estado de cosas inconstitucional de las cárceles colombianas

15 de Febrero de 2011

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Nota:
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“Uno se acostumbra a vivir en este infierno, a toda la porquería del día a día”, dice un preso de la cárcel La Modelo de Bogotá.

 

“Es que eso adentro es una olla, nadie conoce el infierno que es una cárcel, la miseria en la que viven esos miles de presos y los que, por necesidad, nos toca trabajar en esta cosa”, dice un antiguo guardián del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

 

“Vea, a la gente de allá adentro los ponen a comer mierda de todos los sabores. Si hasta a la comida le echan alcanfor pa’ quitarles el apetito sexual”, dicen, por igual, los familiares de las reclusas de la cárcel femenina El Buen Pastor de Bogotá y los de los presos de La Picota, en los días de visita (lo del alcanfor es un mito carcelario difícil de demostrar).

  

“Todos, absolutamente todos, sabemos que el Estado es un violador de los derechos de la población carcelaria”. Esta arenga no es de un reo, de uno de sus familiares ni del guardia de alguna cárcel. Es un texto extraído de una sentencia de un tribunal penal brasilero.

 

Todos tienen algo que decir sobre la situación carcelaria. Lo que ellos llaman infierno, la Corte Constitucional lo ha bautizado con el discreto nombre de estado de cosas inconstitucional. Así lo hizo en la Sentencia T-153 de 1998, en la que le ordenó al Estado, entre otras cosas, diseñar y ejecutar una política pública de construcción de más cárceles, para acabar con el hacinamiento, en un plazo de cuatro años.

 

Trece años después, ¿se cumplió la orden de la Corte? ¿Ya no hay un estado de cosas inconstitucional en las cárceles del país?

  

Un mal que no cura

Entre 1998 y el 2010, sí se han construido más cárceles: cerca de 10 en la última década, que han ampliado en 20.000 los cupos carcelarios. Todas ellas basadas en el modelo carcelario estadounidense de prisiones de máxima seguridad (EE UU es el país con más población carcelaria por cada 100.000 habitantes).

 

Pero la orden judicial sigue sin cumplirse. El hacinamiento no hace parte de la historia, sigue de protagonista: apenas se redujo del 40% al 30%, desde que se declaró el estado de cosas inconstitucional.

 

Incluso, las cárceles que motivaron la decisión de la Corte en 1998, como Bellavista de Medellín y La Modelo de Bogotá, siguen siendo las más hacinadas del país (ver Las cárceles más hacinadas del país). Y la orden era desparecer el hacinamiento, no reducirlo.

 

 

En contraste, la población carcelaria ha aumentado en proporciones gigantescas: casi se ha duplicado en la última década (ver Incremento de la población carcelaria). La regla aplicable es simple: el incremento de presos es inversamente proporcional al mejoramiento de las condiciones carcelarias.

 

 

De hecho, desde su implantación, en el 2005, el sistema acusatorio afronta una paradoja, entre la eficiencia y el garantismo. Mientras la eficiencia propende por más condenas, el garantismo busca un mejor trato al procesado y al preso. Pareciera, entonces, que el primero se ha logrado, en detrimento del segundo.

 

Así, por un lado, la política sigue encaminada a la promulgación de leyes que privilegian la prisión sobre otras formas alternativas de castigo, pero, por otro, el Estado sigue descuidando el mejoramiento del sistema carcelario.

 

Para investigadores del sistema penitenciario colombiano, como el abogado Manuel Iturralde, a un Estado que defienda un modelo económico neoliberal no se le puede pedir nada diferente a que siga construyendo más cárceles, hacinadas o no, que sigan controlando el riesgo que los pobres representan para este sistema.

 

Trece años después de la declaratoria del estado de cosas inconstitucional, los reclusos se siguen quejando e interponiendo tutelas en las que reclaman mejores condiciones para su castigo. Algunas escritas a mano, en las que piden que, por lo menos, en la cárcel se les dé un rollo de papel higiénico.

 

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