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Qué reforma necesita la educación en Derecho

14 de Mayo de 2014

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Alejandro Linares Cantillo

Socio de Gómez-Pinzón Zuleta Abogados S. A. 

 

En el contexto de una próxima reforma a la justicia, hay que invitar a la reflexión y presentar unas líneas de acción en temas claves relativos a la función de la profesión jurídica en la sociedad, con el fin de buscar que la enseñanza del Derecho y el ejercicio de la profesión cambien, de tal manera que el papel de los abogados en Colombia tenga un rol socialmente relevante.

 

Muchos hablan de la crisis por la que pasa actualmente la educación de los abogados. No es posible un buen ejercicio de la profesión jurídica, sin una formación y actualización adecuadas. La educación de hoy exige integralidad y multidisciplinariedad, así como facultades con excelencia en sus estándares de preparación.

 

La preocupación por la formación de los abogados se pone de presente en el número elevado de egresados y en el reducido control a las facultades. En el 2011, existían en el país 97 facultades de Derecho, según el Consejo Superior de la Judicatura (Novedades del Registro Nacional de Abogados, 2011).

 

Así las cosas, debe buscarse que la enseñanza forme a los estudiantes en una profesión, en lugar de calificarlos en una disciplina académica. Hay que fomentar los debates en las facultades de ciencias jurídicas sobre la forma en que se imparte el Derecho y buscar un cambio en la concepción de simple operador de normas, a un profesional universal con sentido de justicia, compromiso con la sociedad y con una formación constante y rigurosa. En pocas palabras, una “educación jurídica socialmente relevante”[1] o, dicho de otra forma, transformar la educación jurídica en educación en justicia.

 

Más calidad

Para ello, se proponen los siguientes puntos para tener en cuenta en una futura reforma a la educación en Derecho:

 

En primer lugar, y sin vulnerar el derecho a la educación, tener un control más estricto a la calidad de las facultades de Derecho, a través del Ministerio de Educación y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), en temas como la revisión de los requisitos para la constitución y permanencia de las facultades de Derecho. Actualmente, se hacen controles de “acreditación”, los cuales se pueden fortalecer, debido a que los estándares deben ser lo suficientemente estrictos, de manera que universidades de baja calidad no logren dicha acreditación.

 

Es necesario que el Estado preste especial atención a los contenidos e idoneidad de los programas académicos al momento de su aprobación. En simultánea con una reforma a la justicia, hay que actualizar los currículos y pasar del viejo modelo de exigencia de contenidos a uno de competencias. Los estándares de valoración de los programas no pueden limitarse al contenido normativo, máxime en un sistema en constante cambio como el nuestro, sino en principios, valores y competencias que le permitan al abogado enfrentarse a todo tipo de escenarios jurídicos.

 

En segundo lugar, en estos controles, debe propenderse por la exigencia de un enfoque multidisciplinar en los programas (economía, regulación, competencia, contabilidad, etc.). Del mismo modo, se debe poner énfasis en el derecho comparado y en los idiomas, teniendo en cuenta que cada vez es mayor la influencia de los sistemas jurídicos internacionales en nuestro ordenamiento jurídico.

 

Como tercera medida, hay que evaluar la posibilidad de exigir un puntaje mínimo en el examen de calidad de la educación superior (ECAES, hoy Saber Pro), como requisito de grado, para que dicha prueba sea específica de la materia y un parámetro real de evaluación y control. En su defecto, se debe articular un examen de ingreso al ejercicio del Derecho, que se constituya en un filtro para estandarizar criterios mínimos de idoneidad en el ejercicio profesional, siendo, a su vez, un estímulo para la calidad de las facultades de Derecho.

 

Este examen debe ser desarrollado mediante un consenso entre las diferentes facultades de Derecho, de modo que exista pluralidad de criterios en las competencias que serán evaluadas.

 

Respeto a la autonomía

En cuarto lugar, una vez reformado el contenido del ECAES, y en caso de que la normativa no señale un puntaje mínimo obligatorio para el grado, las universidades, en ejercicio de su autonomía, podrían fijar dicho puntaje como requisito de grado, lo cual requeriría un consenso entre facultades, de manera que el puntaje sea constante en la mayoría.

 

Por último, entre los aspectos más importantes de la enseñanza del Derecho se encuentra el explorar y desarrollar la sensibilidad ética de los estudiantes. Las facultades de Derecho deben verse a sí mismas como responsables de incorporar la educación en justicia, entendida como la tarea de educar en la responsabilidad social del Derecho y de la profesión del jurista.

 

Tanto las instituciones de enseñanza como el Gobierno y las asociaciones profesionales de abogados deben velar para que los abogados tengan la debida formación y preparación, y se les inculque la conciencia de los ideales y obligaciones éticas del abogado[2].

 

[1] La expresión es extraída del prólogo del libro El movimiento global de clínicas jurídicas. Formando juristas en la justicia social, Frank S. Bloch (Ed.), Tirant Lo Blanch, Valencia, 2013.

2 Principios básicos de las Naciones Unidas sobre la función de los abogados (1990), art. 9º.

 

 


[1] La expresión es extraída del prólogo del libro El movimiento global de clínicas jurídicas. Formando juristas en la justicia social, Frank S. Bloch (Ed.), Tirant Lo Blanch, Valencia, 2013.

[2] Principios básicos de las Naciones Unidas sobre la función de los abogados (1990), art. 9º.

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