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El financiamiento de proyectos de infraestructura

05 de Agosto de 2015

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Pablo Jaramillo

Asociado sénior Norton Rose Fulbright Colombia

 

Uno de los aspectos más importantes dentro del análisis de un proyecto de infraestructura es la realización de unos contratos que sirvan como fuente de seguridad y garantía para los eventuales financiadores.

 

En los esquemas tradicionales, la garantía de los financiadores no está incorporada en una real o corporativa, sino que se trata de respaldar la financiación de los proyectos con el proyecto mismo, caso en el cual si el titular se encuentra en incapacidad de pagar sus obligaciones, el financiador puede tomar posesión del proyecto y completarlo, pagándose con el flujo de caja que se produce.

 

Este modelo de financiación genera una dificultad: los bancos no tienen garantías fácilmente cobrables distintas al proyecto. Entonces, es necesario que los contratos reflejen esa realidad y sean bien redactados para permitir que las entidades financieras se sientan cómodas, asumiendo el riesgo de tener el contrato como única garantía.

 

Para tener en cuenta

 

Debemos tener en cuenta varios aspectos para determinar la “bancabilidad” de los contratos, como se le dice, en términos técnicos, a ese aspecto. El primero tiene que ver con las fórmulas que otorga el contrato, para que, en caso de un incumplimiento por parte del contratista en el pago de sus créditos, los financiadores puedan tomar posesión del mismo. Aquí es importante que el procedimiento sea eficiente, efectivo y transparente y que, además, por parte de la entidad, exista algún mecanismo para que los acreedores actúen conjuntamente, con el fin de que no existan ventajas entre ellos que hagan imposible que tomen posesión de los proyectos.

 

El segundo elemento tiene que ver con cuáles son los esquemas en los que los titulares de los contratos reciben sus pagos y cómo se pueden localizar en esquemas fiduciarios o en otros que brinden protección a los financiadores.

 

Seguidamente, el tercer aspecto fundamental se refiere a los periodos de cura y otros esquemas que puedan plantearse, para evitar que se declare la terminación anticipada de un contrato y que la seguridad de los financiadores se pierda.

 

Y el último punto, que siempre es el de mayor trascendencia para los financiadores, tiene que ver con los pagos que se realizan a los titulares de los contratos ante la terminación anticipada de estos, en especial, cuando se causa por un incumplimiento del contratista. En el esquema tradicional, lo único que se compensa es la inversión que se realiza y, básicamente, se hace sobre la máxima de que el Estado no debe expropiar. Ese modelo, si bien funciona y cuenta con un asidero legal, tiene el problema de que no se corresponde con el esquema tradicional de financiación de proyectos, donde los financiadores necesitan garantizar, por lo menos, el pago de su deuda.

 

Ejemplos internacionales

 

Entonces, es bueno explorar esquemas como los que existen internacionalmente, en los que la entidad estatal titular del proyecto permite que a los financiadores se les pague su deuda completa, de manera que el riesgo real está en el equity de los titulares de los contratos y los financiadores no asumen un riesgo en el no pago de su deuda o cuando lo asumen, lo hacen de una forma menor.

 

Es ideal brindar un punto de comodidad a los financiadores sobre la posibilidad de que las entidades públicas tengan el respaldo financiero adecuado para que ellos sientan que si no existe el flujo de caja y no es posible tomar posesión del proyecto, para nombrar un nuevo contratista en aras de pagar el crédito, la entidad pública encargada de hacer los pagos y las compensaciones goce de solidez y solvencia financiera.

 

Para concluir, lo claro es que los contratos para la construcción de iniciativas que se piensan adelantar bajo el esquema de financiación de proyectos deben tener en cuenta no solo los aspectos de ingeniería y de obra, sino también la redacción, en el entendido de que el modelo de financiación es distinto al tradicional. Así mismo, es necesario que las entidades públicas conozcan las preocupaciones de los financiadores, puesto que son ellos quienes asumen la mayor cantidad de riesgo y hacen posible la realización de los proyectos mediante la facilitación de los recursos.

 

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