Unifican lineamientos a entidades para responder ante órdenes judiciales
31 de Marzo de 2023
La Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República publicó una circular orientada a mejorar la defensa jurídica de los ministerios y demás entidades que conciernen al presidente o al Gobierno en general.
En la Circular 01 había determinado los requerimientos para responder ante la Corte Constitucional por acciones públicas de inconstitucionalidad contra normas expedidas por el Ejecutivo.
Ahora, imparte instrucciones para que ministerios, departamentos administrativos y demás entidades cumplan órdenes judiciales. Según esto, las respuestas e informes que se deben remitir a las altas cortes y despachos judiciales del país deben estar unificados. La razón está en que las mismas cortes han señalado que desconocerán el cumplimento de las obligaciones si cada entidad del nivel central remite sus propios informes sin tener en cuenta las acciones ejecutadas por los actores involucrados en el cumplimiento de la sentencia. (Lea: Presidencia refuerza estrategia de defensa jurídica de sus leyes)
Para cumplir este objetivo, Presidencia ordenó remitir a su despacho, con dos días hábiles de anterioridad al cumplimiento del término establecido por los diferentes órganos judiciales, los informes o insumos necesarios que acrediten el cumplimiento de las sentencias. Si no se envía en dicho plazo, la información no será tenida en cuenta para los informes que se presenten a nombre del Gobierno y se informará al juez la dificultad para consolidar la información debido al incumplimiento de la entidad.
Por otra parte, la circular advierte que si el fallo judicial se impone al Presidente de la República, las entidades involucradas deberán ponerse en contacto de inmediato con el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre). Si la entidad responsable de la orden impartida requiere la colaboración de otra entidad del nivel central, deberá informar a la consejería respectiva del Dapre para que esta realice el trabajo de articulación.
“El incumplimiento de esta directriz perjudica y retrasa el adelantamiento de las tareas conjuntas, lo que eventualmente puede conducir a un desacato, sin perjuicio de las acciones disciplinarias que de ello se deriven para los funcionarios de la entidad incumplida”, agrega la normativa. Por último, establece que antes de cualquier audiencia las entidades deberán reunirse en el Dapre para preparar las respuestas. (Lea: Entidad debe redirigir la petición a la dependencia encargada de resolver el derecho de petición)
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