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Registros procesales que arroja la Consulta de Procesos Nacional Unificada no constituyen antecedentes penales

16 de Junio de 2021

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Nota:
128554

Los registros procesales que aparecen o que arroja la Consulta de Procesos Nacional Unificada de la Rama Judicial no constituyen antecedentes penales o judiciales, puesto que hacen parte de un sistema de información a nivel nacional que busca facilitar a los ciudadanos el acceso a la información de los procesos surtidos en el territorio y darles publicidad y transparencia en su manejo por los distintos operadores judiciales, precisó la Sección Tercera del Consejo de Estado. De igual forma indicó que la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, frente a la imposibilidad de suprimir o eliminar los registros de procesos penales en la Consulta de Procesos Nacional Unificada, indicó que le corresponde al actor o peticionario solicitar la anonimización de la información, acorde con lo dispuesto en la Ley 1581 del 2012 y el Decreto 1377 del 2013, sobre la protección de datos sensibles. En el caso concreto, se le indicó al accionante, frente a sus múltiples peticiones para la eliminación de los registros, que debía acudir ante cada uno de los despachos en los que se surtieron los respectivos procesos penales que figuran en la base de datos de la Rama Judicial, ya que son las entidades encargadas de solicitar ante el CENDOJ y la Unidad de Informática de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial cualquier clase de actualización o modificación al respecto (C. P. José Roberto Sáchica Méndez).

 

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