Se reanuda atención en la Rama Judicial, consejos seccionales definirán aforo de sedes judiciales
12 de Enero de 2021
El Consejo Superior de la Judicatura suspendió, mediante el Acuerdo 11709 del 2021, la restricción que había sido adoptada durante el 2020 respecto al porcentaje de presencialidad habilitado para los despachos judiciales del país, hasta el 31 de enero.
La decisión del máximo órgano administrativo de la Rama Judicial responde a las medidas adoptadas por las autoridades nacionales y locales para minimizar los riesgos de contagio por covid-19.
#BoletínDePrensa? El @judicaturacsj suspende aforo en los despachos judiciales y reitera que prevalece la #virtualidad para los servicios de justicia, con el fin de garantizar la bioseguridad de servidores y usuarios. Aquí informamos los canales para trámites vía Internet ? ? pic.twitter.com/OsHFN70Uci
— Rama Judicial (@judicaturacsj) January 12, 2021
En la última decisión tomada, en noviembre del 2020, se había fijado en 60 % el aforo máximo permitido para las diferentes sedes judiciales, conforme se fueron flexibilizando las restricciones de bioseguridad en el país.
A pesar de lo anterior, el Consejo Superior mantiene la virtualidad y el uso de las tecnologías de la información como medio preferente para el trabajo de los funcionarios de la rama y la prestación de los servicios judiciales.
Por último, delegó a los consejos seccionales la facultad para que expidan los actos administrativos que correspondan para regular las condiciones de prestación del servicio y aforo de sus despachos, de acuerdo a las restricciones establecidas para cada departamento o ciudad.
Conozca los canales dispuestos para tramites virtuales de los servicios de justicia:
- Correos electrónicos de los despachos judiciales del país https://bit.ly/2Xvn79M
- Consulta de procesos judiciales a través de Justicia XXI WEB, Consulta de Procesos Nacional Unificada -CPNU- y Consulta de Procesos https://bit.ly/3s9I7kB
- Aplicativo para la radicación de tutelas en línea https://bit.ly/3brzfRy
- Aplicativo para la radicación de habeas corpus https://bit.ly/3brzfRy
- Aplicativo de firma electrónica para servidores judiciales https://bit.ly/3q5xcqj
- Correos de los Consejos Seccionales de la Judicatura para asuntos administrativos https://bit.ly/3oxgDTD
- Envío electrónico de tutelas desde los despachos judiciales del país a la Corte Constitucional https://bit.ly/35qrA1U
- Herramienta para que los despachos judiciales consulten los correos electrónicos de abogados registrados en el sistema de información – SIRNA https://bit.ly/38wM9Mk
- Servicio de audiencias virtuales, videoconferencias y streaming https://bit.ly/3oxIH9E
- Sitio Web de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia y correo electrónico para realizar los trámites de la tarjeta profesional, duplicado de la tarjeta profesional, validación de la práctica jurídica, entre otros. https://bit.ly/39iTRJ0.
Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo 11709, Ene. 8/21.
Opina, Comenta