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Pedro Antonio Solarte: “El Derecho Urbano puede afectar el crecimiento de las ciudades”

27 de Marzo de 2015

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Nota:
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El desarrollo de ciudades como Bogotá promete ser importante en la próxima década. El evidente crecimiento de las edificaciones verticales y de la vivienda y la posible construcción de la primera línea del metro deberán ir de la mano con el respeto a las normas ambientales. Allí, el Derecho Urbano jugará un papel importante.

 

Pedro Antonio Solarte Portilla es un abogado que ha dedicado su vida profesional a esta área del Derecho. “En la Universidad Nacional, cuando estaba en tercer semestre de mi carrera, un profesor, a quien hoy aprecio mucho, me pidió que hiciera un trabajo sobre la Ley 388 de 1997, que acababa de ser expedida. Desde entonces, me di cuenta de que había una materia que no había sido explorada por el Derecho: el urbanismo”, recuerda.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Qué papel juega el Derecho frente al desarrollo y crecimiento que tienen las grandes ciudades?

 

Pedro Antonio Solarte Portilla: Más que un compendio de normas y principios, el Derecho Urbano es también una herramienta que, a la larga, puede afectar positiva o negativamente el crecimiento de las ciudades. A este no le corresponde planificar las ciudades, pero, en palabras de la profesora Encarnación Gómez Rojo, “el urbanismo como ciencia o técnica genera un denso y complejo conjunto de relaciones que deben ser reguladas por normas jurídicas”.

 

Entre más compleja sea una ciudad, más normas se requieren, pero puede suceder que esas disposiciones se vuelvan un obstáculo para el desarrollo, cuando no están estructuradas de manera precisa y clara o si constituyen trámites engorrosos. El Derecho asume, entonces, el reto de ordenar las ciudades, sin torpedear los buenos propósitos. No le corresponde determinar qué tipo de acciones urbanísticas deben llevarse a cabo, pero sí hacerlas posibles desde el campo jurídico y de manera ordenada. Es decir, en términos concretos, el Derecho tiene dos papeles fundamentales: el de ordenar y controlar, y el de dar viabilidad y soporte a los proyectos o planes.

 

Á. J.: ¿Cómo conviven el Derecho Urbano y el Derecho Ambiental?

 

P. A. S. P.: Yo diría que se complementan. Al urbanismo le corresponde acatar las normas ambientales establecidas y diseñar estrategias para que los proyectos funcionen con obediencia a ellas. Así lo dispuso el artículo 10 de la Ley 388 de 1997, al decir que la conservación y protección del medio ambiente y de los recursos naturales son normas de superior jerarquía. Por su parte, el Derecho Ambiental se apoya en las diferentes normas urbanísticas e instrumentos para establecer medidas y acciones que le permitan hacer viables los asuntos ambientales y proteger los ecosistemas y recursos naturales. La convivencia es de buenos hermanos.

 

Á. J.: ¿Hay en Colombia un desarrollo importante del Derecho Urbano en cuanto a oferta educativa?

 

P. A. S. P.: La oferta educativa es reciente, y está enfocada únicamente al grado de especialización, que si bien es muy importante y algunas universidades se esfuerzan por adoptar un buen currículo y tener un profesorado de grandes calidades, hace falta avanzar a otros niveles, como el de maestría e, incluso, doctorado. De igual manera, se necesita el desarrollo de diplomados y foros internacionales que permitan compartir conocimientos con abogados de otros países dedicados al tema.

 

Á. J.: ¿Se compensa las fuentes laborales para quien se especializa en esta área?

 

P. A. S. P.: La demanda laboral es superior y lo será mucho más, porque las ciudades crecen y se vuelven cada día más complejas. En Bogotá, por ejemplo, los ciudadanos y las empresas están aprendiendo que, para casos concretos, pueden acudir a abogados expertos y no a los profesionales de disciplinas tradicionales, como sucedía anteriormente. De igual manera, en la administración pública se necesitan siempre abogados urbanistas. 

 

Á. J.: ¿Qué ciudad del país y de latinoamericana representa un buen ejemplo de desarrollo de esta área del Derecho?

 

P. A. S. P.: A decir verdad, en Latinoamérica no hay aún una ciudad, como en Europa, que se pueda destacar como un buen ejemplo. No obstante, en Colombia hay que resaltar los avances de Bogotá, y pese a que estos son recientes y limitados, en mi opinión, vale la pena también destacarla a nivel latinoamericano, junto a ciudades como Sao Paulo, Santiago y Buenos Aires, las cuales también presentan algunos adelantos en el tema.

 

Á. J.: ¿Cómo hacer más ejecutables los planes de ordenamiento territorial (POT) de las grandes ciudades?

 

P. A. S. P.: Los POT, que fueron establecidos por la Ley 388 de 1997, necesitan, en mi opinión, cuatro elementos esenciales para ser ejecutables: (i) una buena planificación, (ii) una gran estrategia de gestión, (iii) normas claras y precisas, sin absurdos jurídicos y sin trámites engorrosos, y (iv) una administración capaz de ejecutarlos y asignarles los recursos necesarios. Los POT no cuentan con recursos propios, por lo que necesitan siempre de los planes de desarrollo como fuente de financiación.

 

En algunos casos, se puede acudir a la acción de cumplimiento o a la acción popular, según corresponda, con el fin de que un juez haga cumplir o respetar una disposición consagrada en el POT.

 

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Pedro Antonio Solarte Portilla

 

Estudios realizados: es abogado y especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Nacional, especialista en Derecho Urbano de la Universidad Externado y Doctorando en Derecho en la Universidad de Buenos Aires (Argentina).

 

Cargos desempeñados: consultor y asesor en temas de Derecho Urbano de las universidades Nacional, de los Andes y de varios municipios cundiboyacenses. También ha sido docente en Derecho Urbano de las universidades del Rosario, de la Sabana y Agraria.

 

Ocupación actual: es asesor externo en temas de Derecho Urbano de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

 

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