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“La relación entre el Derecho y el fútbol es estrecha y de antaño”

21 de Junio de 2018

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Cada cuatro años, los aficionados al deporte se paralizan durante un mes para presenciar el Mundial de Fútbol. Este evento, que congrega a 32 federaciones del mundo, tiene una gran relación con el Derecho Deportivo.

 

De acuerdo con el abogado experto Mario Alejandro Valencia, la magnitud del evento hace que se puedan involucrar todas las áreas del Derecho que normalmente se regulan en cualquier país, como el comercial, el laboral y el penal, entre otros.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cómo es la estructura organizativa del Mundial de Fútbol Rusia 2018?

 

Mario Alejandro Valencia Trujillo: Primero, algunas precisiones al respecto: (i) la fase final del Mundial de Fútbol es un evento propiedad de la Fifa, organismo de Derecho Privado regido por sus estatutos y por la normativa pública suiza, por ser el país de su domicilio; la Fifa actúa a través de una comisión interna organizadora de sus competiciones; (ii) en el 2010, la Fifa designó como líder del evento a la Unión Rusa de Fútbol, esta es la Federación de Fútbol de Rusia, organismo también privado con quien suscribió un contrato denominado “Acuerdo de Candidatura y Organización”; (iii) comoquiera que el evento se realiza en territorio ruso, en desarrollo del mencionado contrato, la Unión Rusa de Fútbol creó, junto con el gobierno ruso, el Comité Organizador Local, entidad con personería jurídica diferente y que tiene la función de garantizar toda la organización del evento. Este comité tiene un Consejo de Administración, que Preside el Presidente de Rusia, en compañía del Viceprimer Ministro Ruso, el Ministro de Deportes de Rusia y un delegado de la Unión Rusa de Fútbol; (iv) quienes participan en el evento son equipos que representan a entidades privadas denominadas federaciones de fútbol nacionales, que están asociadas a la Fifa.

 

Á. J.: ¿Qué normativa y organismos internacionales se hacen presentes en este evento?

 

M. A. V. T.: En primera instancia, la normativa aplicable para el desarrollo del evento es privada, integrada por un contrato suscrito entre organismos privados y que se rige por sus propias cláusulas. Además, como el evento es propiedad de la Fifa, esta emite el Reglamento de la Copa Mundial de la Fifa Rusia 2018, el cual contiene las condiciones que deben aplicarse a quienes participan o desarrollan algún papel en el evento y que obliga a cumplir la estructura normativa privada que tiene este organismo, conformada, entre otras, por las Reglas de Juego del Fútbol emitidas por la International Football Association Board, el Código Disciplinario de la Fifa, el Reglamento Fifa de Seguridad en los Estadios, el Reglamento Antidopaje de la Fifa, el Código Ético de la Fifa, el Reglamento de Marketing y Medios de Comunicación de la Fifa, el Reglamento de Equipamiento de la Fifa y el Código de Arbitraje en Materia Deportiva del Tribunal de Arbitraje Deportivo, que tiene sede en Suiza. Por otra parte, como el evento se desarrolla en territorio ruso, la normativa pública de este país sigue rigiendo en todas las materias que le conciernan, como normas migratorias, seguridad pública y demás.

 

Á. J.: ¿Qué áreas del Derecho se ven involucradas en este evento universal?

 

M. A. V. T.: La magnitud del evento hace que se puedan involucrar todas las áreas del Derecho que normalmente se regulan en cualquier país, como el comercial, laboral, penal y los demás. Es importante destacar que toda la estructura normativa privada que tiene la Fifa, la cual es aplicable al mundial, sumada a la del Comité Olímpico Internacional, que desarrolla el otro evento deportivo más grande en el mundo (juegos olímpicos), han dado pie para fundamentar la existencia del Derecho Deportivo como rama autónoma, pues este entramado normativo privado es internacional y nacional, regula aspectos específicos del juego o deporte, así como también del relacionamiento entre sus asociados y los deportistas y tiene una estructura propia para resolver conflictos basado en mecanismos alternos de resolución de conflictos, como la mediación o el arbitraje.

 

Lo anterior evidencia, más allá de la discusión de si es autónomo o no, que el Derecho Deportivo es transversal y las relaciones que surgen a partir de la práctica del deporte han llamado la atención de los Estados, quienes progresivamente lo han publicitado mediante la emisión de disposiciones, generales o específicas, que regulan aspectos del deporte, como normas sobre dopaje, relaciones laborales con deportistas profesionales, estructuras asociativas para practicar deporte o comportamiento de los espectadores en los eventos deportivos.

 

En el Mundial de Fútbol tendremos la aplicación de toda la normativa privada de la Fifa, lo que nos permite hablar de Derecho Deportivo, y la normativa pública del Estado ruso en todas las materias pertinentes, la cual, por compromiso con la Fifa, ha sido adecuada en muchos aspectos para incentivar la presencia de espectadores en eventos, asegurar la protección del marketing del mismo y la seguridad en los estadios.

 

Á. J.: En materia de propiedad intelectual, ¿qué marcas registradas están involucrados en el evento?

 

M. A. V. T.: Las principales marcas registradas son las de propiedad de la Fifa, como el nombre de la competición, el trofeo y emblema oficial, el diseño comercial del evento, la mascota, el poster oficial, entre otros. Además, todas las marcas de los afiliados comerciales de la Fifa y de sus federaciones miembro son protegidas por derechos de propiedad intelectual, siendo este el campo donde se ataca a través del “enemigo” de la gestión comercial de los grandes eventos deportivos, como la fase final del Mundial de Fútbol, denominado Ambush Marketing, también llamado en español marketing de emboscada o parasitario, a través del cual se aprovecha el marketing oficial del evento para promocionar o comunicar marcas que no son autorizadas por el propietario del evento y, por lo tanto, no pagan por esto.

 

Uno de los ejemplos más famosos y llamativos de esto sucedió en la fase final del Mundial de Fútbol 2010, en Sudáfrica, donde la marca de cerveza Budweiser era afiliada comercial de la Fifa en el evento. Sin embargo, en desarrollo del juego entre Dinamarca y Holanda, 36 modelos, contratadas por la cervecera holandesa Bavaria, se levantaron en medio de la tribuna con vestidos color naranja y, en conjunto, alentaron la selección nacional de Holanda, por lo que fueron sacadas del estadio, arrestadas por la policía sudafricana y sometidas a juicio por violación de derechos de comerciales, por considerarse que existió marketing parasitario.

 

Á. J.: ¿Qué tanta relación tiene el Derecho y el Fútbol?

 

M. A. V. T.: La relación es estrecha y de antaño. El Derecho, entendido como regulador de relaciones sociales, aparece con el mismo juego del fútbol, pues en su base es necesario establecer unas reglas que digan cómo se va a jugar; luego, lo anterior se extiende a la gestión organizativa de los clubes de fútbol, de las asociaciones de estos y de las federaciones nacionales, transcendiendo al campo internacional a través de las confederaciones de fútbol, que son asociaciones de federaciones nacionales de fútbol, como la Conmebol, y cerrando una pirámide organizativa con la Fifa, como cabeza mundial del fútbol, que tiene un gran entramado normativo regulador de todo lo que pasa en el fútbol, como las grandes transferencias de derechos deportivos y los derechos económicos derivados de lo anterior. A esto se suma que los Estados han ido regulando el deporte cada vez más, debido al impacto que, principalmente, tiene el fútbol en la sociedad.

 

Hoy, no es posible concebir el fútbol sin una normativa, esto es, sin que existan disposiciones, públicas o privadas, que regulen todas las relaciones que surgen a partir de la práctica del fútbol, máxime cuando este deporte ha dejado de ser considerado como solo un juego para pasar a ser, además, un negocio muy lucrativo.

 

 

Mario Alejandro Valencia Trujillo

 

Estudios realizados: es abogado y especialista en Derecho Procesal Penal de la Universidad Cooperativa de Colombia, magíster en Derecho Deportivo de la Universidad de Lleida y el Instituto Nacional de Educación Física de Lérida (España) y Doctorando en Actividad Física y Deporte en esas mismas instituciones.

 

Cargos desempeñados: fue Presidente y asesor legal de la Comisión Disciplinaria de la Liga de Fútbol del Huila, miembro de la Asociación Colombiana de Derecho Deportivo y docente del Máster Internacional en Derecho Deportivo.

 

Ocupación actual: Director de la firma Abogados FC SAS.

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