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Eduardo Reina Andrade: “No fue fácil consolidar la naturaleza del Banco de la República”

29 de Junio de 2011

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Foto: Humberto Pinto

 

Uno de los principales avances de la Constitución Política de 1991 fue la consagración del Banco de la República como una entidad con autonomía e independencia. Según Eduardo Reina, director asesor del Departamento Jurídico de esa entidad, el cumplimiento de esa misión conlleva, desde el ámbito jurídico, la adopción de decisiones que siempre generarán controversia entre los distintos actores de la sociedad, pero que demuestran su independencia y son garantía de objetividad y conveniencia general.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cómo ha sido el desarrollo y evolución de la naturaleza del Emisor en el medio jurídico colombiano?

 

Eduardo Reina Andrade: En buen momento, la Asamblea Nacional Constituyente optó por asignar rango constitucional al Banco de la República. Este alineamiento con la tendencia internacional del momento ha sido muy positivo, en la medida en que el Emisor, como parte fundamental en la dirección económica del Estado, adopta las decisiones económicas más convenientes, especialmente para la preservación de la capacidad adquisitiva de la moneda, lo cual se refleja en la disminución progresiva y controlada de la inflación. Sin embargo, no ha sido fácil sortear los obstáculos jurídicos para poder consolidar su especial naturaleza en la estructura estatal y que esta pueda ser comprendida y aceptada por las diferentes autoridades.

 

Á. J.: ¿A qué se refiere cuando dice que el Banco de la República ha logrado consolidarse en la estructura del Estado?

 

E. R. A.: Ha habido algunas dificultades, por la falta de comprensión y aceptación de la regulación contenida en la Ley 31 de 1992 y en el Decreto 2520 de 1993, pues su régimen legal especial tiene que moverse permanentemente en la esfera del Derecho Público y del Derecho Privado, lo que, en un comienzo, generó un ejercicio de aprendizaje conjunto con sus compañeros institucionales del Estado, con las autoridades judiciales y de control y con los agentes del sector privado con quienes comparte varias actividades. Sin embargo, eso está superado, y se habla de consolidación.

 

Á. J.: En relación con este acomodamiento de la estructura del Estado, ¿quién ronda al Banco?

 

E. R. A.: Al Banco de la República, me atrevería a afirmar, lo ronda todo el mundo, por su misma independencia y autonomía, lo cual exige un permanente ejercicio de responsabilidad para rendir cuentas al país. Sin embargo, está bajo la vigilancia y control del Congreso, donde se rinden cuentas; de un auditor permanente, designado por el Presidente de la República; de la Superintendencia Financiera; de una auditoría externa, para propósitos específicos, y de la Contraloría General de la República, que vigila los procesos de emisión y destrucción de moneda, entre otros. Y, en materia disciplinaria, la Procuraduría General y la Unidad de Control Disciplinario Interno.

 

Á. J.: Además de la reducción de la inflación, ¿qué otros logros ha alcanzado la entidad, con impacto en la vida de los colombianos?

 

E. R. A.: El Banco ha liderado el desarrollo y modernización del sistema de pagos en Colombia, entendido este como el conjunto de mecanismos, procedimientos y facilidades para realizar, de una manera segura y eficiente, transferencias de recursos entre diferentes personas, ya sea por operaciones efectuadas en el sistema financiero o en el mercado de valores. Es así como se ha venido fortaleciendo la actividad del Depósito Central de Valores y del Sistema de Cuentas de Depósito, los cuales, junto con el sistema de compensación de cheques, el Cenit y el sistema de negociación de títulos de deuda pública, han generado más agilidad y seguridad en la circulación del dinero y de los títulos valores. En cuanto a la emisión de la moneda y su circulación, el Banco construyó una nueva planta industrial para la fabricación, distribución y almacenamiento de billetes, cuyos procesos industriales cuentan con tecnología de punta para la atención de las necesidades de efectivo. Estos, por no mencionar otros, no menos importantes, sobre la función de prestamista de última instancia y la administración de las reservas internacionales del país.

 

Á. J.: A finales del año pasado, la Junta Directiva del Banco dispuso algunas modificaciones al régimen de cambios internacionales. En forma general, ¿en qué consistió y qué efectos se buscaban?

 

E. R. A.: En diciembre del 2010, el Banco adoptó medidas de simplificación del régimen cambiario, con el fin de facilitar las operaciones, al reducir trámites y simplificar procedimientos. En un comunicado de diciembre, se explicó que, con la medida, se buscaba racionalizar los procedimientos aplicables a las operaciones de cambio, sin afectar el seguimiento y la calidad de la información y, en todo caso, manteniendo las obligaciones de los intermediarios del mercado cambiario relacionadas con el conocimiento del cliente en sus operaciones cambiarias, así como las facultades de las autoridades de control y vigilancia respecto del cumplimiento de las obligaciones previstas en el régimen cambiario.

 


 

 

Eduardo Reina Andrade

 

Estudios realizados: abogado y colegial de número de la Universidad del Rosario, con especialización en Derecho Financiero y Derecho Tributario de la misma institución y en Alta Gerencia de la Universidad de Los Andes.

 

Cargos desempeñados: abogado del Departamento Jurídico del Banco de Bogotá, asesor jurídico Región Bogotá del Banco Industrial Colombiano, secretario general y asesor jurídico de la Corporación Financiera Colombiana S. A.

 

Cargo actual: director asesor del Departamento Jurídico del Banco de la República.

 

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