En Ejercicio
Jorge Ernesto Roa: “La Corte Constitucional debe afinar la fundamentación del juicio de sustitución”
13 de Marzo de 2013
En el marco del XI Certamen universitario Arquímedes, convocado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el abogado colombiano Jorge Ernesto Roa Roa ganó el Premio Constitución de Cádiz de 1812 a la mejor investigación en Ciencias Sociales.
Gracias a su trabajo académico Legitimidad democrática de los modelos colombiano y español de control de constitucionalidad, este catedrático de la Universidad Externado de Colombia recibió esa distinción, el pasado 20 de noviembre, creada con motivo del bicentenario de la primera Constitución promulgada en España.
A sus 25 años, Roa tiene dos maestrías en ese país y es candidato a Doctor en Derecho de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, de la cual es profesor asistente.
ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cree que la Corte Constitucional ha respetado sus límites frente al control judicial que ejerce sobre los actos del legislador?
Jorge Ernesto Roa Roa: Sí. Incluso creo que hay ejemplos en los cuales la Corte ha sido excesivamente deferente con el legislador y le ha concedido segundas oportunidades o plazos para que se consolidaran los resultados de normas inconstitucionales. En estas decisiones, la Corte ha aplicado un criterio de deferencia inmerecido frente a la realidad de un procedimiento legislativo que, en Colombia, no cumple con un conjunto de condiciones mínimas: no hay deliberación pública de calidad previa a la aprobación de las leyes, no se comprende que hay esferas de decisión limitadas para el legislador y no existe interés por desarrollar los valores públicos que establece la Constitución.
Á. J.: ¿Es oportuna la revisión de los actos legislativos por vicios materiales?
J. E. R. R.: La experiencia demuestra que sí. No obstante, si se deja de lado el criterio de la oportunidad, se pueden hacer, por lo menos, dos comentarios. Por una parte, hay casos en los que habría sido suficiente examinar los vicios de procedimiento para arribar a la conclusión de la inconstitucionalidad de una reforma y, por otra, la Corte debe afinar la fundamentación del juicio de sustitución, entre otras cosas, para que el legislador tenga clara la línea que marca lo que Ferrajoli denomina la esfera de lo indecidible.
Á. J.: ¿Es la Corte Constitucional una fiel exponente del activismo judicial en Colombia?
J. E. R. R.: Hay una respuesta diferente para esta pregunta, según lo que se entienda por activismo judicial. Por un lado, puede ser una expresión con carga negativa, que se refiere al gobierno de los tribunales, el elitismo judicial y la arbitrariedad en la interpretación; por el otro, también puede aplicarse a los jueces que demuestran un alto grado de compromiso con la garantía y protección de los derechos, adoptan decisiones de carácter estructural y transformador y se toman en serio el contenido de la Constitución. Sin duda, la Corte Constitucional, hasta ahora, ha sido una exponente difícil de mejorar de este segundo entendimiento del activismo judicial.
Á. J.: ¿Cuál es el legado más importante que, a su juicio, Ronald Dworkin le dejó al Derecho y a la Filosofía del Derecho?
J. E. R. R.: Es difícil no redundar ante lo que profesores como Jeremy Waldron, Cass Sunstein o José Juan Moreso han escrito sobre Dworkin. Creo que la tesis de los derechos como cartas de triunfo sobre las mayorías es una de las ideas centrales de este periodo de la humanidad que, aún hoy, no se comprende en toda su dimensión. Por otra parte, su liberalismo igualitario brindó un espacio a quienes no se encontraban conformes en ninguna de las antípodas.
Jorge Ernesto Roa Roa
Estudios realizados: abogado de la Universidad Externado de Colombia, magíster en Gobernanza y Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de Madrid (España), magíster en Ciencias Jurídicas Avanzadas y candidato a doctor en Derecho de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona (España).
Cargos desempeñados: investigador del Tribunal Constitucional de España, consultor de la OEA e investigador de la Comisión Colombiana de Juristas.
Ocupación actual: docente de la Universidad Externado de Colombia y profesor asistente de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona (España).
Opina, Comenta