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“Aún es difícil calificar el nuevo régimen aduanero”

27 de Octubre de 2016

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Durante cuatro años, la abogada Diana Patricia Richardson se desempeñó como magistrada auxiliar de la Sección Primera del Consejo de Estado. Luego de su salida de esa corporación, se ha dedicado al litigio en temas aduaneros y tributarios.

 

En su opinión, la reforma tributaria deberá contemplar una coherencia con la reciente regulación aduanera, para perseguir objetivos económicos y comerciales en beneficio de todos los actores involucrados.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cómo califica el funcionamiento inicial del nuevo régimen aduanero?

 

Diana Patricia Richardson: Aún es difícil emitir una opinión tendiente a calificarlo, en consideración a que su aplicación es incipiente y parte de sus normas no han comenzado a regir. En virtud del artículo 674, la aplicación de la nueva regulación aduanera será escalonada y varias de sus disposiciones empezaron a regir el 22 de marzo de este año. Otras de sus normas adquirirán vigencia una vez expedida la respectiva reglamentación o cuando se ponga en funcionamiento el nuevo modelo de sistematización informática, si la aplicación de la disposición depende de aquel. En materia procedimental, debe acudirse a lo dispuesto, particularmente, en la Resolución 64 del 2016, que estatuye disposiciones reglamentarias en materia de fiscalización, decomiso, liquidaciones oficiales y sanciones, entre otras. 

 

Á. J.: ¿Cómo compaginar la futura reforma tributaria con el nuevo régimen aduanero?

 

D. P. R.: Pienso que todos esperamos que la reforma tributaria venidera constituya una verdadera transformación del régimen impositivo en Colombia, en el sentido de hacerlo más equitativo, sencillo, diáfano y consecuente con las expectativas de crecimiento económico y de inversión en el país. En la medida en que la nueva normativa tributaria se acerque a esos propósitos, conformará, junto con la regulación aduanera, un invaluable instrumento de desarrollo, puesto que el régimen aduanero estatuido en el Decreto 390 del 2016 contribuye a propulsar un intercambio comercial internacional más ágil, seguro y confiable.

 

Ello se vislumbra en que sus disposiciones fueron concebidas en armonización con los acuerdos internacionales referentes a la facilitación del comercio, como es el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio, del que se espera pronta adhesión de Colombia, y cuyas disposiciones tienden a agilizar el movimiento, levante y despacho de mercancías; también armoniza con el Marco Normativo de la Organización Mundial de Aduanas, para lograr un comercio más seguro, fundado en la cooperación y confianza entre los operadores privados y la administración aduanera, entre otros acuerdos que apuntan, en general, a fortalecer y expandir el flujo comercial. 

 

Ahora, es claro que se presentan importantes puntos concretos de conexión entre el régimen aduanero y el tributario, como, por ejemplo, lo referente al IVA en las importaciones, y todos los tributos que se causan en operaciones de comercio exterior o en eventos relacionados con este, de manera que la reforma tributaria habrá de contemplar esas implicaciones en función de que exista la coherencia normativa necesaria entre los dos regímenes para perseguir los objetivos económicos y comerciales mencionados.

 

Á. J.: ¿Ha sido el Plan Vallejo una herramienta eficaz para facilitar el comercio internacional?

 

D. P. R.: Considero que las herramientas legales consagradas en el marco del Plan Vallejo contribuyen a impulsar y fortalecer la oferta exportadora colombiana, en aprovechamiento de los insumos o materias primas provenientes de otros países. Precisamente, esa es su razón de ser, y con el fin de garantizar el efectivo cumplimiento de ese propósito, el Ministerio de Comercio expidió la Resolución 1649 del pasado 31 de agosto, en la que se establecen importantes medidas para modernizar y facilitar los mecanismos de acceso a los sistemas especiales de importación-exportación y actualiza sus procedimientos de aplicación y control. Por ejemplo, contempla lo referente a la asociación empresarial para acceder a los programas, lo cual permitirá que más empresarios aprovechen sus ventajas y se genere mayor diversificación de las exportaciones colombianas. 

 

Á. J.: ¿Qué se requiere mejorar o modificar en materia de zonas francas?

 

D. P. R.: Las zonas francas han sido concebidas como focos de desarrollo empresarial con miras a fortalecer el comercio exterior, gracias al régimen especial tributario y aduanero aplicable a ellas. También tienen otros importantes objetivos, como servir de instrumento de generación de empleo y promover la competitividad de las regiones donde se establezcan. No cabe duda de que su tratamiento aduanero facilita el desarrollo de proyectos productivos asociados al comercio internacional.

 

Sin embargo, los beneficios tributarios a favor de sus usuarios industriales y comerciales han sido objeto de numerosas críticas por el costo fiscal que supone una tarifa del impuesto sobre la renta mucho más baja que aquella por la que tributan las empresas contribuyentes no establecidas en las zonas francas. Se ha señalado que el cumplimiento de los compromisos de inversión y generación de empleo establecidos para acceder a los beneficios del régimen no justifica el tratamiento impositivo diferencial otorgado a su favor. Estimo que este es un aspecto del régimen que debe ser revisado, bien para fortalecer el control y fiscalización o para propiciar las reformas normativas tendientes a hacerlo más equitativo.

 

Ahora, es de anotar que se está a la espera de una nueva o actualizada regulación sobre zonas francas, pues así se anuncia en el texto del numeral 2º del artículo 675 del Decreto 390 del 2016, de modo que la comunidad empresarial y académica ha de estar atenta a los adelantos que proponga la futura normativa que se expida sobre la materia.

 

 

Diana Patricia Richardson Peña

 

Estudios realizados: abogada y especialista en Derecho Aduanero de la Universidad Externado, especialista en Derecho Tributario de la Universidad del Rosario y graduada en Desarrollo Directivo del Inalde - Escuela de Negocios de la Universidad de la Sabana.

 

Cargos desempeñados: abogada senior en KPMG, Defensora del Contribuyente y del Usuario Aduanero Regional Noroccidente de la DIAN y magistrada auxiliar en la Sección Primera del Consejo de Estado.

 

Ocupación actual: litigante y asesora jurídica en materia tributaria y aduanera, principalmente y docente universitaria. 

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