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¿Está Colombia preparada para el ‘fracking’?

02 de Septiembre de 2014

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Nota:
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María Paula García

Especialista en Derecho Ambiental

Socia de GHER & Asociados Abogados

mpgarcia@gherasociados.com

Twitter: @gher_asociados

 

 

El fraccionamiento hidráulico (o fracking, en inglés) es un método para la extracción de hidrocarburos no convencionales, especialmente gas de esquisto y petróleo, mediante el cual se taladra la tierra verticalmente a gran profundidad y luego horizontalmente, y se inyectan fluidos que contienen arenas de sílice, agua y sustancias químicas a alta presión, para, de esta forma, fraccionar las rocas que contienen hidrocarburos y así liberarlos.

 

Este novedoso mecanismo permite alcanzar enormes reservas de gas y petróleo, y por consiguiente, aumentar considerablemente los volúmenes de extracción, lo cual ha resultado bastante atractivo para la industria.

 

Sin embargo, se han suscitado numerosos debates a nivel mundial, debido a la incertidumbre de los impactos ambientales que este método podría generar. Algunos estudios técnicos han indicado que el fracking puede afectar las placas tectónicas y producir movimientos telúricos; contaminar las aguas subterráneas con las sustancias tóxicas y radioactivas que contienen los fluidos que se inyectan, ya que pueden escaparse por las fracturas ocasionadas por el proceso mismo; contaminar las aguas superficiales por los fluidos que retornan a la superficie; contaminar la atmósfera por el escape de gases del pozo, como son el metano y los compuestos orgánicos volátiles, y afectar la salud humana con molestias, desde hemorragias nasales hasta enfermedades como el cáncer.

 

Por tales razones, países como Francia y Bulgaria prohibieron la utilización de este método, y otros como Alemania y República Checa suspendieron temporalmente los proyectos que lo utilizan, hasta tanto se determinen la totalidad de sus efectos.

 

Colombia, en cambio, ya permitió a la industria petrolera utilizar el fracking en el territorio nacional. El Gobierno profirió el Decreto 3004 del 2013 y el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 90341 del 2014, que establece los requerimientos técnicos y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos no convencionales. Esta norma, según indica el Gobierno, se basó en avanzados conocimientos y pretende incentivar la industria y proteger el ambiente, pues considera que el país está preparado para esta forma de explotación de manera sostenible.

 

En efecto, en la Ronda Colombia 2014 se ofrecieron 19 bloques para la exploración y explotación de petróleo y gas de esquisto bajo esta técnica, no obstante estar pendientes los términos de referencia definitivos de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales para la exploración de hidrocarburos en yacimientos no convencionales.

 

Aunque, en principio, la tarea pareciera haberse hecho, pues los ministerios de Minas y Energía y de Ambiente y Desarrollo Sostenible vienen trabajando en el tema hace un par de años, y se han asesorado con expertos para establecer procedimientos y técnicas especiales para esta forma de exploración y explotación de hidrocarburos, es evidente que siguen existiendo dudas a nivel mundial sobre las consecuencias ambientales de este método, y en esa medida, en mi opinión, debió darse aplicación al principio de precaución consagrado en la Ley 99 de 1993 y en los tratados de derecho ambiental aprobados por Colombia, pues, según el mismo, cuando exista peligro de daño ambiental grave e irreversible, pero falte certeza científica sobre su afectación o amenaza, se deberá decidir en pro del ambiente.

 

Ahora, es innegable la importancia de implementar nuevas metodologías y procedimientos que permitan un avance y mejoramiento de las diferentes industrias para propender por el desarrollo económico del país, pero no puede tratarse de un desarrollo a costa del agotamiento desmedido de nuestros recursos naturales.

 

Todavía no puede hablarse de un fraccionamiento hidráulico sostenible, ya que a la fecha no existen estudios que determinen la totalidad de los impactos ambientales y las afectaciones a la salud humana que este método puede ocasionar, y en esa medida, por más reglamentaciones, términos de referencia y procedimientos especiales que se establezcan sobre la materia, quedan dudas de si estamos poniendo en riesgo nuestros recursos naturales y la salud de quienes habiten las zonas en donde se desarrolle esta técnica.

 

En todo caso, la implementación de este método en el país parece no tener reversa, y por tanto, solo nos queda esperar que las comunidades sean verdaderamente informadas de los riesgos que conlleva y que sus efectos no sean de tal envergadura como lo documentan los estudios.

 

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