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Entes territoriales deben ajustar comunicaciones al manual de identidad visual de las entidades estatales

Exequibles varios artículos de la ley que estableció medidas para la austeridad en la publicidad estatal.
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Foto: Invias.gov.co

25 de Marzo de 2025

La Corte Constitucional declaró constitucionales el artículo 4 (parcial) y el artículo 8 de la Ley 2345 del 2023, por la cual se establecieron medidas para unificar la imagen de las entidades estatales y se prohibieron las marcas de Gobierno, según los cuales distintas entidades públicas, incluidas las entidades territoriales, deben respetar en sus comunicaciones los lineamientos del manual de identidad visual establecido por el legislador.

De acuerdo con la demanda, el artículo 4 resultaba contrario a las atribuciones que la Constitución asigna a los alcaldes y la autonomía de las entidades territoriales porque establece parámetros y prohibiciones sobre identidad visual de los entes locales. De otra parte, señaló que el artículo 8 desconocía la autonomía administrativa y fiscal de las entidades territoriales al prohibir la contratación de publicidad estatal. (Lea: Descargue la norma que prohíbe las marcas de Gobierno)

El alto tribunal consideró que las disposiciones cuestionadas respetan el principio de autonomía de las entidades territoriales y las atribuciones de los alcaldes relacionadas con la dirección administrativa del municipio, en los términos de los artículos 287 y 315.3 de la Constitución, de manera que son compatibles con los principios de coordinación y concurrencia y no afectan el núcleo esencia de la autonomía territorial. (Lea: Asocapitales demanda ley que prohíbe marcas de gobierno)

Particularmente sobre el artículo 4 precisó que las medidas que establece respetan el margen de configuración legislativa, se dirigen a la obtención de fines constitucionalmente válidos, como promover la difusión de información objetiva y veraz y no son desproporcionados.

En relación con el artículo 8, el cual se inscribe en la tendencia internacional de regular el gasto público en publicidad estatal, concluyó que no ponen en peligro las gestiones administrativas de las entidades territoriales y, por el contrario, promueve la austeridad a través de la prohibición del gasto en imagen o identidad que promueva las marcas de gobierno (M.P. Natalia Ángel Cabo).

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