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Amparan derecho de acceso a la información pública y reiteran necesidad de justificar su negativa

Se ordenó entregar al accionante el código fuente de la aplicación ‘CoronApp’ con todo historial y control desde su versión original.
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Las entidades de régimen especial están obligadas a publicar en el Secop II

11 de Abril de 2025

La Corte Constitucional estudió una acción de tutela en contra de la Agencia Nacional Digital, el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud por la presunta vulneración del derecho fundamental al acceso a la información pública, teniendo en cuenta que dichas entidades negaron la solicitud del accionante de publicar el código fuente de la aplicación ‘CoronApp’.

El alto tribunal consideró que, en efecto, las accionadas vulneraron el derecho fundamental al acceso a la información pública al afirmar que la información solicitada por el actor estaba amparada bajo reserva de confidencialidad y que su acceso pondría en riesgo los datos personales sensibles que los ciudadanos tienen allí registrados.

La Sala constató que las accionadas no cumplieron con la carga de identificar el fundamento legal de la reserva de la información invocada, ni con la carga argumentativa y probatoria que acredite que revelar información genera un daño presente, real, probable y específico que excede el beneficio que representa publicar la información, en los términos del artículo 28 de la Ley 1712 del 2014.

Medidas de seguridad

La justificación no resultó suficiente para negar la publicación del código fuente de la aplicación en cuestión, ya que era posible tomar medidas de seguridad sobre las bases de datos en las que reposaba la información de los usuarios, como por ejemplo separar la información, generar credenciales de acceso, contraseñas de seguridad, medios de autenticación, etc., de tal forma que la publicación del código no comprometiera la información y los datos de las personas.

Se ordenó entregar al accionante el código fuente de la aplicación ‘CoronApp’ con todo el historial y control desde su versión original hasta el momento en que estuvo en uso. También se deberá informar al accionante si una versión actualizada está actualmente en uso en algunas de las aplicaciones del Ministerio de Salud y, de ser así, dar igualmente acceso a ese código fuente actualizado y en uso.

De otra parte, se ordenó al Consejo Superior de la Judicatura que, a través de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, incluya en sus capacitaciones a los funcionarios judiciales contenidos sobre la garantía de transparencia algorítmica y su relevancia en el uso y desarrollo de este tipo de herramientas por parte del Estado, haciendo especial énfasis en las implicaciones que ello tiene frente al derecho de acceso a la información pública (M. P. Natalia Ángel Cabo).

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