Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Trámite de incapacidades ante la EPS corresponde al empleador, recordó el Ministerio de Salud (8:00 a.m.)

54438

07 de Abril de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
En reciente concepto, el Ministerio de Salud recordó que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 del Decreto Ley 19 del 2012, le corresponde al empleador adelantar el trámite de las incapacidades médicas ante la EPS. Esta norma sustrajo expresamente al trabajador de efectuar las gestiones dirigidas a obtener las prestaciones económicas derivadas de las incapacidades y licencias de maternidad y/o paternidad, por considerar que el empleador tiene la capacidad para efectuar dicha gestión. Así mismo, la disposición señala que en ningún caso puede ser trasladado al afiliado el trámite para la obtención de dicho reconocimiento.  

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)