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Todo lo que dijo la Corte IDH sobre identidad de género y matrimonio igualitario (2:56 p.m.)

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10 de Enero de 2018

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Varias fueron las conclusiones que dejó la última opinión consultiva de la  Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre identidad de género y no discriminación a parejas del mismo sexo. La Corte IDH empezó reiterando su jurisprudencia en cuanto a que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). Por ello, está proscrita cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en estas características de la persona. En virtud de lo anterior, y resolviendo una pregunta planteada por Costa Rica, consideró que los trámites relacionados con el cambio de nombre, la adecuación de la imagen, así como la rectificación a la mención del sexo o género en los registros y en los documentos de identidad son un derecho protegido por la Convención Americana. Finalmente, el alto tribunal internacional señaló que para garantizar los derechos de las parejas gais no es necesaria la creación de nuevas figuras jurídicas. Según su concepto, “crear una institución que produzca los mismos efectos y habilite los mismos derechos que el matrimonio pero que no lleve ese nombre carece de sentido”. Encuentre en el documento adjunto las demás consideraciones que tuvo en cuenta la Corte en su última opinión consultiva.

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