Texto completo del fallo inhibitorio sobre idoneidad moral para la adopción (9:30 a.m.)
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24 de Diciembre de 2012
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La Corte Constitucional se declaró inhibida para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de la expresión “moral” contenida en el inciso primero del artículo 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia (L.1098/06), por ineptitud sustantiva de la demanda. Para el alto tribunal, en caso de que la demanda hubiera cumplido con los requisitos legales y no existiera cosa juzgada constitucional, el problema jurídico estaría orientado a responder si el requisito de idoneidad moral para poder adoptar desconoce los derechos de los niños a tener una familia y a la igualdad y los derechos de las personas homosexuales a conformar una familia por medio de la adopción. Como los accionantes fundamentaron sus pretensiones en lo señalado por la Corte en la Sentencia C-814 del 2001, la Sala señaló que no puede conocer sobre la presunta inconstitucionalidad de sus propios fallos, ya que su competencia abarca disposiciones con rango legal. La magistrada Maria Victoria Calle aclaró su voto. (M.P. Jorge Ignacio Pretelt).
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