Suspensión y aplazamiento de audiencias penales vulnera derechos fundamentales de las víctimas (1:00 p.m.)
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24 de Mayo de 2018
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Las suspensiones y aplazamientos de las audiencias tienen impacto sobre los tiempos que los juzgados toman para adoptar sus decisiones de fondo, explicó la Corte Constitucional. Además, precisó que tanto el mecanismo de compartimentos rígidos para la celebración de las diligencias y la omisión del juez competente para adoptar y materializar las medidas de dirección y corrección del proceso impactan de manera directa en la prolongación irrazonable del tiempo del proceso, lo que genera la vulneración de derechos fundamentales de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y, en especial, a acceder a un recurso judicial efectivo. Así mismo, la alta corporación identificó el deber constitucional y legal de las autoridades que concurren al proceso penal de informar a las víctimas sobre el alcance de sus derechos, las instituciones encargadas de su satisfacción y el acceso a los programas de asistencia social y humanitaria, así como su inscripción en el registro único de víctimas. Consulte en la providencia adjunta los demás deberes de las autoridades, particularmente en el trámite del registro (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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