Solicitan restringir acceso de la Policía Nacional a circuitos de vigilancia privada
30 de Agosto de 2022
La Procuradora General de la Nación conceptuó que el acceso de la Policía Nacional a circuitos de vigilancia y seguridad privada ubicados en lugares donde pueden captar imágenes reservadas de los ciudadanos requiere autorización previa.
En el concepto enviado a la Corte Constitucional, señaló que la Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana (Ley 2197 del 2022) al regular ese acceso no incluyó restricción o autorización alguna para garantizar el respeto del derecho a la intimidad de las personas.
Indicó entonces que ese derecho puede verse afectado por la revisión por parte de los agentes de las imágenes captadas por las cámaras, que pueden contener información semiprivada, privada o reservada de los ciudadanos.
Por los motivos expuestos, solicitó declarar la exequibilidad del artículo 48 de la ley, que habla del acceso a esos circuitos por parte de las autoridades, en el entendido que requerirán la autorización previa que corresponda, salvo en casos excepcionales de flagrancia o imperiosa necesidad, en los que se deberá acudir al control posterior respectivo por parte de la autoridad competente.
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