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Se pueden otorgar en el año los permisos remunerados de tres días que sean necesarios

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02 de Febrero de 2021

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.5.5.1 del Decreto 1083 del 2015, sobre situaciones administrativas, los empleados públicos, incluidos los provisionales, pueden hacer uso del derecho a obtener permiso remunerado hasta por tres días, el cual es concedido por el jefe del organismo o su delegado, quien evaluará si es viable autorizarlo o negarlo. La norma, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, no señala qué eventos constituyen justa causa ni tampoco el número de permisos que se pueden conceder, de manera que serán otorgados en el año los permisos remunerados de tres días que sean necesarios, siempre que concurran dos condiciones: que haya justa causa y que el jefe del organismo los autorice luego de analizar la justificación, sin que por este hecho el servidor deba reponer el tiempo concedido. La entidad recordó que el objetivo del permiso remunerado es que el empleado pueda separarse temporalmente de las funciones a su cargo para atender situaciones de orden personal o familiar que estén justificadas.

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