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Sancionan a jueza municipal por no cumplir los términos en una acción de tutela

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05 de Agosto de 2020

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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia que sanciona a una jueza municipal con inhabilidad y suspensión de un mes en el ejercicio del cargo por cometer, principalmente, la falta descrita en el artículo 196 de la Ley 734 del 2002. Según cuenta el expediente, la funcionaria incurrió en esta infracción bajo la modalidad de omisión, al no cumplir con los términos que tanto la Carta Política como la ley en materia constitucional prescriben para el trámite de tutela en primera instancia, sin justificación alguna a tal proceder. “Se determinó que la funcionaria efectivamente desconoció su deber de dictar el fallo de tutela de primera instancia dentro de los 10 siguientes a la presentación de la solicitud”, agrega el fallo (M. P. Carlos Mario Cano).

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