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Responsabilidad de la comunidad en la causación del riesgo no constituye exoneración

Entes territoriales no pueden excusar su responsabilidad alegando que la comunidad que sufre el riesgo es responsable de su causación, pues nada exonera a la autoridades del cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales.
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Responsabilidad de la comunidad en la causación del riesgo no constituye exoneración (Freepik)

31 de Mayo de 2022

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Para mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales, la herramienta de ordenamiento territorial municipal (POT o PBOT) debe incluir un análisis del riesgo en el diagnóstico biofísico, económico y socio-ambiental, y considerar el riesgo de desastres como un factor condicionante del uso y ocupación del territorio.

Así, es indispensable realizar estudios de tal modo que la autoridad territorial tendrá que definir con fundamento en los mismos si el riesgo es mitigable o no, porque de no poderse mitigar las únicas medidas de intervención que podrá adoptar serán las de reubicación del asentamiento humano, junto con las obras de estabilización necesarias para evitar el incremento del fenómeno en estudio, por lo que si los habitantes se rehúsan a abandonar corresponderá al alcalde ordenar la desocupación con el concurso de las autoridades de policía y la demolición de las edificaciones afectadas.

Por otro lado, el alto tribunal indicó que la responsabilidad de la comunidad en la causación del riesgo no constituye una causal de exoneración de responsabilidad para las autoridades públicas por haber omitido el cabal cumplimiento de sus funciones, en el marco de las competencias administrativas establecidas en el ordenamiento jurídico, por cuanto los entes territoriales no pueden excusar su responsabilidad alegando que la comunidad que sufre el riesgo es responsable de su causación pues la violación de la ley por los ciudadanos en modo alguno exonera a las autoridades del cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales.

En el caso bajo estudio se determinó que el alto riesgo de desastre que se presenta en la zona afectada no obedece exclusivamente a actividades humanas, por ende, en el marco de la planificación ambiental sostenible resulta claro que el municipio de manera prioritaria debe disponer de las medidas técnicas necesarias para gestionar el riesgo de desastres, proteger a la población y, simultáneamente, salvaguardar los recursos naturales mediante las delimitaciones, categorizaciones y zonificaciones específicas. La armonización de estos tres elementos resulta fundamental para una adecuada planificación del territorio (C. P.: Roberto Augusto Serrato Valdés).

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