¿Qué medidas proceden frente al consumo de sustancias que afecten la convivencia en establecimientos educativo? (8:15 a.m)
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05 de Septiembre de 2017
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El parágrafo 1º del artículo 34 de la Ley 1801 del 2016 (Código de Policía) hace remisión expresa a la Ley 1098 del 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) cuando el comportamiento relacionado con consumo de sustancias que afecta la convivencia en los establecimientos educativos es realizado por menores de edad, por lo que las medidas de restablecimiento aplicables son las contempladas en el artículo 53 de esta última disposición, es decir, amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico, ubicación inmediata en medio familiar, ubicación en centros de emergencia o adopción, entre otras.
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