Publican sentencia que declaró constitucionales las reglas civiles de la lesión enorme (10:21 a.m.)
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26 de Junio de 2014
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La Corte Constitucional dio a conocer el texto definitivo de la sentencia que declaró exequibles las expresiones “deducción de una décima parte” y “aumentado en una décima parte” del artículo 1948 del Código Civil. Según el fallo, no es del todo aceptable la interpretación de que las fórmulas previstas por el legislador para reparar la lesión enorme judicialmente declarada representan siempre un perjuicio para el vendedor, sea que lesione o que resulte lesionado. Para el alto tribunal, cuando el vendedor resulte lesionado, la manera de restablecer el equilibrio consiste en que el comprador complete el justo precio, con deducción de una décima parte, así no se traslada al patrimonio del enajenante. Jorge Iván Palacio presentó aclaración de voto (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).
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