Publican fallo que avala multa para interponer recursos contra sanción a patrón que omite iniciar arreglo directo (8:45 a.m.)
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22 de Noviembre de 2013
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La Corte Constitucional publicó el texto de la sentencia que declaró exequible un aparte del numeral 2° del artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo que exige la consignación previa de una multa a favor del Sena para interponer los recursos legales contra la sanción impuesta al empleador que se niegue o eluda iniciar las conversaciones en la etapa de arreglo de la negociación colectiva. Según el fallo, la norma demandada está plenamente justificada y no es contraria al derecho al debido proceso. En efecto, la disposición fomenta el diálogo entre patrones y trabajadores, al persuadir a los primeros de evitar conductas arbitrarias y dilatar las conversaciones, indicó. Adicionalmente, esa medida también respeta el derecho a la igualdad, pues compensa de manera real la desigualdad existente entre el empleado y el patrón, derivada de la situación económica y la subordinación propia del contrato, concluyó la providencia (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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