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Publican comunicado sobre las razones de la declaratoria de inexequibilidad de apartes del proyecto de ley que regula el hábeas data (11:56 a.m.)

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14 de Octubre de 2011

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La Corte Constitucional dio a conocer el comunicado en el que se exponen las razones de la declaratoria de exequibilidad, por su aspecto formal, del proyecto de ley estatutaria que reglamenta el hábeas data (P. L. 046/10C-184/10S) y la declaratoria de inexequibilidad de cuatro artículos, por vicios de procedimiento. La Sala explicó que los artículos 29, 30 y 31 fueron declarados inexequibles por violación del principio de consecutividad. El primero, porque fue incluido en el tercer debate en el Senado, sin ser discutido en la Cámara de Representantes; el segundo y el tercero, fueron debatidos solo hasta el cuarto debate en el Senado. Respecto al artículo 27, también declarado inexequible, dijo que la regulación del tratamiento de datos especiales, como los de seguridad e inteligencia, le compete de forma exclusiva al legislador, es decir, existe una reserva legal en la materia. Los magistrados María Victoria Calle, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas salvaron su voto por estimar que la ley no reguló aspectos como los deberes de fuentes y usuarios del dato personal y la existencia de una autoridad de control de la actividad de tratamiento de dichos datos, y omitió toda referencia a las obligaciones y sanciones a las fuentes y usuarios del dato personal. Estimaron que hay un déficit de protección del derecho al hábeas data (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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